Seis años después de aprobarse la Ley 3/2020 de Recuperación y Protección del Mar Menor, la Asamblea Regional ha abierto la puerta a su modificación. Y ante una decisión de tanta importancia, la primera pregunta debería ser muy sencilla: ¿se pretende realmente reformar la ley para solucionar los problemas del Mar Menor o simplemente retocar aquello que ahora interesa cambiar?
Porque, por lo que conocemos de la propuesta que ha iniciado su tramitación, estamos bastante más cerca de lo segundo que de lo primero.
La modificación afecta esencialmente al régimen sancionador y a las consecuencias que determinadas infracciones tienen sobre el acceso a ayudas públicas. Una de las modificaciones más significativas afecta al artículo 83.4: donde actualmente determinadas infracciones graves o muy graves conllevan la pérdida durante dos años del derecho a obtener determinadas ayudas o subvenciones de la Comunidad Autónoma, se pretende que esa pérdida deje de ser automática.
El cambio parece pequeño: sustituir "conllevarán" por "podrán conllevar". (Lo mismo que han hecho con la famosa ley de nietos. Todo lo malo se copia).
Pero una sola palabra puede cambiar mucho.
Con la modificación propuesta, una empresa o explotación sancionada por una infracción grave o muy grave podría no quedar automáticamente excluida de determinadas ayudas públicas durante esos dos años.
Y entonces resulta inevitable hacerse una pregunta: ¿ésta es realmente la reforma que necesitaba con urgencia el Mar Menor?
Porque si seis años después hemos decidido abrir una de las leyes medioambientales más importantes de la Región de Murcia, quizás deberíamos aprovechar para preguntarnos qué ha funcionado, qué ha fracasado y qué problemas continúan sin resolverse.
Sin embargo, las obligaciones que afectan a los agricultores prácticamente no se tocan.
Continúan las restricciones sobre fertilización y aplicación de nitrógeno, las exigencias de planificación del abonado, los análisis, los registros, el cuaderno de explotación, la conservación de documentación, el balance de nitrógeno y otras muchas obligaciones específicas.
Y esto abre otra cuestión que durante demasiado tiempo se ha evitado: la diferencia existente entre los agricultores afectados por la Ley del Mar Menor y los agricultores del resto de la Región de Murcia.
Un agricultor puede cultivar el mismo producto, utilizar técnicas similares y encontrarse a pocos kilómetros de otro. Sin embargo, dependiendo de dónde esté situada su explotación, uno puede estar sometido a un régimen medioambiental y administrativo considerablemente más exigente.
Evidentemente, el Mar Menor necesita una protección especial. Nadie sensato puede discutirlo.
Pero protección especial no puede convertirse en obligaciones ilimitadas para un determinado colectivo. Después de seis años, cada restricción debería poder demostrar tres cosas: que es necesaria, proporcionada y eficaz.
Y si no puede demostrarlas, debería revisarse.
Curiosamente, ahora sí encontramos argumentos para adaptar determinados aspectos sancionadores a la legislación nacional. Entonces cabe hacerse otra pregunta: si buscamos homologación con la normativa estatal cuando hablamos de sanciones, ¿por qué no revisamos también las obligaciones adicionales que soportan los agricultores del entorno del Mar Menor?
Pero existe un problema todavía mayor.
Parece que cada vez que hablamos del Mar Menor terminamos hablando de agricultura, cuando la recuperación de la laguna exige mirar bastante más lejos.
¿Qué ocurre con las aguas residuales y las infraestructuras de saneamiento y depuración? ¿Qué sucede con los estériles procedentes de décadas de actividad minera en la Sierra Minera de Cartagena-La Unión? ¿Qué hacemos con los materiales y contaminantes que las escorrentías pueden transportar hacia la laguna? ¿Y con las ramblas y las enormes avenidas de agua que se producen durante los episodios de lluvias torrenciales?
Todo eso también es Mar Menor.
Si hablamos de contaminación, hablemos de toda la contaminación.
Si hablamos de responsabilidades, hablemos de todas las responsabilidades.
Y si exigimos inversiones, controles, documentación y sacrificios económicos a los agricultores, exijamos también a las administraciones que ejecuten las infraestructuras necesarias, controlen las aguas residuales, actúen sobre los residuos mineros y reduzcan la llegada de contaminantes a través de las escorrentías y avenidas.
0 establece obligaciones para las administraciones y contempla actuaciones sobre saneamiento, aguas pluviales y otros problemas que afectan a la laguna. Sin embargo, seis años después deberíamos preguntarnos cuánto se ha ejecutado realmente y qué resultados ha producido.
Los agricultores tienen que cumplir la ley. Por supuesto.
Pero las administraciones también.
Y quizás ahí se encuentre uno de los grandes errores cometidos durante estos años: resulta mucho más sencillo controlar una explotación agrícola, exigirle documentación, imponerle restricciones y sancionarla cuando incumple que solucionar problemas estructurales que necesitan inversiones, infraestructuras y años de trabajo.
Por eso la Región de Murcia debería aprovechar esta modificación para plantearse algo bastante más ambicioso.
No necesitamos simplemente retocar la Ley 3/2020.
Necesitamos revisarla en profundidad y, si es necesario, construir una verdadera nueva Ley del Mar Menor basada en la experiencia acumulada durante estos seis años.
Una ley que determine científicamente todas las fuentes que afectan a la laguna y el peso real de cada una.
Una ley que revise las obligaciones agrícolas una por una y mantenga aquellas que hayan demostrado ser necesarias y eficaces, pero suprima o simplifique aquellas que sean redundantes, desproporcionadas o que únicamente generen burocracia.
Una ley que evite duplicidades con la normativa nacional y europea.
Una ley que afronte definitivamente las aguas residuales, el saneamiento y la depuración.
Una ley que actúe sobre los estériles mineros y las escorrentías.
Una ley que contemple las infraestructuras necesarias para controlar las grandes avenidas antes de que sus aguas y sedimentos terminen llegando a la laguna.
Una ley que obligue a responder a todos los responsables de una contaminación, independientemente de que sean agricultores, empresas o administraciones.
Y, fundamentalmente, una ley que proteja el Mar Menor sin hacer que los agricultores de su entorno sean siempre quienes terminen perdiendo.
Porque proteger el Mar Menor y defender la agricultura no son objetivos incompatibles. El verdadero fracaso sería obligarnos a elegir entre uno y otra.
Después de seis años tenemos experiencia suficiente para corregir errores. Tenemos datos para saber qué funciona y qué no. Y tenemos la obligación de construir una legislación medioambiental que proteja la laguna sin convertir a miles de agricultores en responsables permanentes de todos sus problemas.
Cambiar el régimen sancionador y permitir que determinadas infracciones no impliquen automáticamente la pérdida de ayudas puede solucionar un problema jurídico o económico concreto.
Pero eso no es reformar el Mar Menor. Eso es retocar una ley.
Si de verdad queremos abrir la Ley 3/2020, hagámoslo con valentía. Revisemos todo lo que haya que revisar, repartamos las responsabilidades con justicia y hagamos una legislación que proteja realmente la laguna sin discriminar injustificadamente a quienes viven de cultivar la tierra.
El Mar Menor necesita soluciones, no parches. Y sus agricultores necesitan protección medioambiental con ellos, no permanentemente contra ellos.
José García Martinez.