Pagar la tasa municipal de un vado permanente no otorga a su titular el derecho a estacionar delante de él. Así lo advierte Pyramid Consulting, despacho especializado en derecho sancionador y recursos de multas de tráfico, en un análisis sobre uno de los supuestos que más conflictos genera entre vecinos y conductores.
El artículo 91.2.c) del Reglamento General de Circulación considera estacionamiento que obstaculiza gravemente la circulación aquel que impide la utilización normal del paso de salida o acceso a un inmueble en un vado correctamente señalizado. La sanción asciende a 200 euros y no lleva aparejada la pérdida de puntos del permiso de conducir.
La clave, según el análisis, está en qué protege exactamente la norma. "La normativa de tráfico protege el acceso al inmueble, no a quien paga la tasa. Por eso puede apreciarse una ocupación indebida del vado incluso cuando quien estaciona es su propio titular", señala María Alquézar González de Lara, abogada del Departamento Jurídico de Pyramid Consulting.
No existe la "regla de los cinco minutos"
La normativa desmonta además una creencia muy extendida entre los conductores: la de que existe un margen de tiempo durante el cual puede estacionarse en un vado sin consecuencias.
La infracción no depende de cuánto tiempo permanezca el vehículo en el lugar, sino de que se produzca una ocupación indebida del espacio reservado al acceso y salida de vehículos. La Administración puede apreciarla con independencia de que hayan transcurrido cinco minutos o varias horas.
Cuestión distinta es que no sea lo mismo una breve parada por motivos justificados y sin abandonar el vehículo que un estacionamiento en sentido estricto, si bien advierte de que confiar en esa supuesta regla "puede acabar resultando muy costoso".
Qué puede hacer el titular cuando un vecino le ocupa el vado
En el supuesto inverso, el titular del vado carece de facultades para actuar por su cuenta. Bloquear el vehículo, moverlo o causarle daños puede generar responsabilidad civil e incluso sanciones más graves.
"La vía correcta es poner los hechos en conocimiento de la policía local o del servicio municipal competente. Conviene además documentarlo con fotografías en las que se aprecien la señalización del vado y la matrícula del vehículo", indica María Alquézar González de Lara, abogada del Departamento Jurídico de Pyramid Consulting.
Los vados permanentes son una herramienta destinada a garantizar el acceso a inmuebles, pero también una fuente habitual de conflictos entre vecinos y conductores. La normativa reconoce al titular el derecho a exigir que terceros no ocupen el espacio protegido, sin que ello implique que pueda utilizarlo libremente para estacionar su propio vehículo.