Región

Un 21% de la población de Murcia tiene descuentos del IBI a las instalaciones de autoconsumo

Una bonificación del 50% del IBI durante 5 años disminuye el periodo de retorno simple de la inversión de 5 a 3 años, dependiendo de la ubicación

En muchos municipios con bonificaciones, las condiciones administrativas son tan restrictivas que impiden acceder a ellas de manera sencilla

En los municipios mayores de 10.000 habitantes, un 21% de la población de Murcia tiene derecho a descuentos en el IBI para las instalaciones de autoconsumo. A nivel nacional, un 41% de los municipios españoles de más de 10.000 habitantes ofrece bonificaciones del IBI a las instalaciones de autoconsumo, esto es, 312 municipios que representan un 60% de la población residente en los 753 municipios estudiados (22.437.952 habitantes). Así se desprende de un estudio presentado hoy por la Fundación Renovables y la compañía noruega Otovo, que han llevado a cabo una ampliación y mejora de los informes realizados en 2018 y 2019 que evaluaban y analizaban la situación de los diferentes incentivos fiscales y económicos que los ayuntamientos españoles contienen en sus normativas municipales, con el fin de favorecer y apoyar la instalación de sistemas de autoconsumo fotovoltaico.

Asimismo, se han analizado el IBI y el ICIO conjuntamente, obteniendo que solamente 231 municipios, el 28% de los analizados, lo que representa un 47% de la población estudiada (17.767.360), ofrecen ambas bonificaciones. Además, 87 ayuntamientos ofrecen bonificación únicamente con el IBI, el 12% del total; 170 solamente sobre el ICIO, el 23%; y 263 municipios no ofrecen ningún tipo de bonificación, el 35%.

De esta forma, el informe señala que algunos de los ayuntamientos que ofrecen esta bonificación presentan unas condiciones administrativas o técnicas tan restrictivas y poco coherentes para la obtención de la bonificación, sobre todo en el caso del IBI; que en algunos casos hacen que sea casi imposible tener acceso a ellas. A este respecto, Fernando Ferrando, presidente de la Fundación Renovables, ha indicado: "desde la Fundación, abogamos por una facilitación y agilización de dichos trámites, definiendo adecuadamente en las ordenanzas municipales cómo y bajo qué condiciones se pueden obtener estas bonificaciones, evitando limitaciones o condiciones que no representen la realidad o limiten su obtención".

De manera complementaria, el análisis económico realizado muestra el impacto positivo y la gran relevancia que tiene la bonificación del IBI en la disminución del periodo simple de retorno de la instalación. En la hipótesis planteada con 3 ubicaciones y escenarios distintos (Lugo, Madrid y Almería), se ha analizado el periodo simple de retorno obtenido sin bonificaciones y con una bonificación del 25% y del 50% del IBI durante los primeros 5 años. Esta última es la más común entre ayuntamientos, la más adecuada y la que contiene un mayor impacto, puesto que el periodo simple de retorno de la inversión de la instalación puede reducirse hasta 5 años y 8 meses en el caso de una ubicación de la instalación en el norte de España (Lugo), y 3 años y un mes en el caso de ubicación en el sur (Almería) para la misma instalación y bonificación sobre el IBI.

Según el análisis, una vivienda de valor catastral de 190.000€ en la Comunidad de Madrid, que tiene un tipo impositivo de0,483%pagará 917,7€ anualmente, si suponemos que dicha vivienda instala sistemas de aprovechamiento solar con valor de 5.000€, una bonificación sobre el IBI del 50% durante 5 años supondrá, pasados los 5 años, un 46% del coste total de la instalación y un ahorro anual de 459€. En lo referido al ICIO, si suponemos que dicha instalación de energía fotovoltaica en Madrid de 5.000€ tiene un coste de instalación material de 1500€, y un tipo impositivo del 4%, entonces al finalizar la instalación se tendrá que abonar al ayuntamiento una cuantía de 60€. Una bonificación sobre el ICIO del 95% reduciría dicho impuesto a un total de 3€. Lo que supone un ahorro total de 57€ que representa un 0.95% del total de la instalación. Este análisis es un breve supuesto demostrativo, teniendo en cuenta tanto todas las variables económicas como las posibles variaciones de precio de la electricidad a lo largo de los años, pero muestra con claridad la gran influencia que tiene la bonificación del IBI en el tiempo de recuperación de la inversión en una instalación de autoconsumo.

Figura 1- Porcentaje de población de la muestra estudiada por provincia o Ciudad A. con bonificación sobre el IBI

Iñigo Amoribieta, CEO de Otovo en España, ha señalado: "con iniciativas como este estudio esperamos que, entre todos, consigamos que la energía fotovoltaica en nuestro país sea la fuente de electricidad limpia, barata y sostenible que todos sabemos que puede ser. Igualmente, queremos convencer a las administraciones de que unas ayudas claras, sencillas y homogéneas pueden ser más efectivas que una generosa recompensa. El acceso y la sencillez pueden ser mayores facilitadores que el dinero, entendiendo las limitaciones y exigencias que tienen las cuentas públicas en la actualidad".

Por su parte, Fernando Ferrando, presidente de la Fundación Renovables, ha comentado: "abogamos por la modificación de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local y de las limitaciones de gasto en los ayuntamientos, con el fin y la necesidad de capacitarlos para la movilización y utilización de recursos para ser la base del nuevo modelo energético. Por todo ello, este informe supone una demostración y análisis práctico de la necesidad de que los ayuntamientos lideren y sean el motor, a través de una fiscalidad activa y mejorando la participación ciudadana, el cambio y la descentralización del modelo energético colocando al consumidor en el centro del sistema y brindando a las ciudades mayores posibilidades de autonomía, desarrollo y autosuficiencia".

Nueva metodología, alcanzando los 753 municipios

En este nuevo informe se actualiza las bonificaciones fiscales existentes en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y el Impuesto sobre Instalaciones, Construcciones y Obras (ICIO) en el ejercicio 2020. Contiene además un breve análisis económico del impacto de la bonificación en el IBI sobre el periodo simple de Retorno de la inversión (PRI). Sin embargo, para el caso del ICIO no es así, ya que esta bonificación es muy pequeña en comparación con la del IBI. El documento recoge las ordenanzas municipales, aplicables en dicho año, de todas las capitales de provincia y aquellos municipios con una población mayor a los 10.000 habitantes, según el censo del año 2020. Esto asciende a una muestra total de análisis de 753 municipios, el 79% del total de la población que reside en España. 

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