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El Tribunal Supremo anula la expulsión de cuatro socios de una cooperativa de viviendas

Murcia, 29 abr (EFE).- El Tribunal Supremo (TS), en una sentencia a la que ha tenido acceso EFE, ha anulado la expulsión de cuatro socios de una cooperativa de viviendas de Murcia porque la modificación de los Estatutos en los que se basó la Asamblea General para adoptar esta medida no estaba oficialmente registrada con anterioridad a los hechos.

El Alto Tribunal anula así una sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia que a su vez revocó otra del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Murcia, que dió la razón a los vecinos en la demanda que interpusieron contra la cooperativa "La Ladera" por el acuerdo de expulsión.

Afirma el Supremo que esta cooperativa contrató la construcción de unas viviendas, "habiéndose producido un problema económico con la empresa constructora, por lo que la sociedad se vio obligada a tomar unos acuerdos en la Asamblea General celebrada el 22 de febrero de 2001, en la que se aprobó un plan rector".

En la Asamblea extraordinaria celebrada el 12 de julio del mismo año se modificaron dos artículos de los Estatutos, a uno de los cuales se incorporó una nueva falta muy grave, consistente en el incumplimiento por parte de los socios de cualquier acuerdo económico o social adoptado por la Asamblea o el Consejo Rector.

Con la modificación del otro artículo se incrementó el montante de la multa prevista como sanción y se mantuvieron las sanciones de suspensión de los derechos del socio y de expulsión.

"De este acuerdo --dice el Supremo-- se levantó acta notarial, que fue presentada para su inscripción en el Registro de Cooperativas de la Dirección General de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Murcia el 1 de agosto de 2001, denegándose la inscripción, volviendo a presentarse el 19 de diciembre, siendo finalmente inscrita el 20 de marzo de 2002".

La Sentencia del Supremo añade que en julio de 2001, los cuatro socios demandantes fueron requeridos dos veces por la cooperativa para que otorgaran las escrituras públicas de sus viviendas y, aunque se personaron en la Notaría, finalmente no llegaron a firmarlas por no estar de acuerdo con su contenido, a lo que se respondió con su expulsión.

Los cuatro socios recurrieron esta medida ante el Juzgado de Primera Instancia número 4, que les dio la razón, pero la sentencia fue revocada por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Murcia.

Los socios presentaron un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, cuya Sala de lo Civil ha decidido anular la sentencia de la Audiencia Provincias y reponer la que dictó el Juzgado de Primera Instancia, además de imponer las costas del recurso de apelación a la cooperativa.

El TS indica, entre otras consideraciones, que la medida de expulsión fue nula porque el acuerdo de modificación de los Estatutos que lo permitía no estaba inscrito cuando ocurrieron los hechos. EFE

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