En España existen actualmente más de 67.000 balsas destinadas al riego agrícola. Las balsas son sistemas artificiales de almacenamiento de agua, construidos mediante una excavación en el terreno, con el fin de atender la demanda hídrica en periodos de necesidad.
En la agricultura de regadío desempeñan una función esencial, ya que permiten disponer de agua en los momentos en que la demanda de los cultivos supera el aporte natural de este recurso.
Las normas de seguridad para presas y embalses se pusieron en marcha principalmente a través del Reglamento Técnico sobre Seguridad de Presas y Embalses, aprobado por Orden de 12 de marzo de 1996. Posteriormente, se actualizo y se aprobaron Normativas Técnicas y procedimientos administrativos más recientes, como el Real Decreto 264/2021 y la Orden TED 225/2025, para reforzar y detallar estas regulaciones.
La nueva normativa específica sobre balsas de riego en España viene definida por el Real Decreto 264/2021, que establece Las Normas Técnicas de Seguridad para las Balsas. Este decreto incluye requisitos como la elaboración de planes de explotación y planes de emergencia para las balsas clasificadas en Categorías A y B, además de la obligación de comunicar cualquier variación relevante en los datos de la instalación.
A nivel europeo, destaca el Reglamento (UE) 2020/741 sobre la reutilización del agua para riego agrícola, en vigor desde 2023, que obliga a España a adaptar su legislación para armonizar la regulación del uso de agua regenerada.
Clasificación de las balsas
Por dimensiones:
- - Grandes balsas: aquellas cuyo dique de cierre supera los 15 metros de altura, o bien las que, con una altura entre 10 y 15 metros, poseen un volumen de almacenamiento superior a 1hm3
- - Pequeñas balsas: Las que no cumplen las condiciones anteriores.
Por riesgo potencial derivado de su rotura o funcionamiento incorrecto:
- - Categoría A: balsas cuya rotura o fallo pueda afectar gravemente a núcleos urbanos o servicios esenciales, o causar daños materiales o medioambientales muy importantes.
- - Categoría B: balsas cuya rotura o fallo pueda ocasionar daños materiales o medioambientales importantes o afectar a un número reducido de viviendas.
- - Categoría C: Balsas cuya rotura o fallo solo pueda causar daños materiales moderados y, de forma incidental, perdida de vidas humanas. Todas las balsas no incluidas en las categorías A o B se consideran de esta categoría
Planes de emergencia
La Norma Técnica de Seguridad se aplica a todas las balsas públicas o privadas con una altura superior a 5 metros o una capacidad mayor de 100.000 m3
Los titulares de estas balsas deben solicitar a la administración competente su clasificación oficial, basada tanto en sus dimensiones como en el riesgo potencial derivado de su rotura o mal funcionamiento. Asimismo, deben inscribirse en el registro correspondiente, de acuerdo con el artículo 363 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico.
Las balsas clasificadas en Categorías A o B deberán disponer de un Plan de Emergencia, elaborado e implantado conforme a la normativa vigente. El plazo para presentar dicho plan ante la administración competente es de dos años para las balsas de Categoría A y de cuatro años para las de Categoría B.
Gestión de sedimentos en las balsas y normativa ambiental.
En las balsas de riego se acumulan, con el paso del tiempo, sedimentos procedentes de los ríos y trasvases, compuestos principalmente por limo y arcilla.
Con la anterior Ley 22/2011, estos materiales se consideraban sedimentos de decantación sin catalogarse como residuos tóxicos. Sin embargo, la nueva Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, que sustituye a la anterior, los clasifica ahora como lodos tóxicos.
Esta modificación implica la eliminación de productos químicos en los tratamientos de agua que contengan metales pesados (como el sulfato de cobre), insecticidas u otras sustancias contaminantes.
Los responsables de las balsas están obligados a realizar análisis e informes periódicos de los lodos. Si estos resultan contaminados, deberán gestionarse como residuos peligrosos y trasladarlos a centros autorizados de tratamiento, lo que supone un incremento en los costes de explotación.
José García Martínez