Tras este nuevo avance, el documento, que marca las pautas, los deberes y obligaciones tanto de profesionales del taxi como de los usuarios del servicio, será sometido a un periodo de exposición pública durante un mes previamente a su aprobación definitiva por el órgano máximo municipal
El Concejal de Transportes del Ayuntamiento de Lorca, Francisco Javier Pelegrín,ha informado esta mañana que el Pleno Municipal ha aprobado por unanimidad la aprobación inicial de la Ordenanza Reguladora del Servicio de Taxi en el municipio tras el que será sometido a un periodo de exposición pública de un mes, previo a su aprobación definitiva.
Francisco Javier Pelegrín ha explicado que "el documento tiene como objetivo regular los derechos y los deberes de taxistas y usuarios y se aplicará a todas las personas titulares de licencia municipal de taxi, a personas contratadas como conductores asalariados, a las personas usuarias del servicio, así como a todos los vehículos adscritos y vinculados a la licencia de autotaxi y a los sistemas de concertación remota de servicios".
En la actualidad, Lorca cuenta con 33 licencias de taxi, siendo una de ellas adaptada a personas con movilidad reducida, por lo que los taxistas que tengan un vehículo adaptado (eurotaxi) también serán los responsables de la colocación de los anclajes, cinturones de seguridad y de la manipulación de los equipamientos instalados, que faciliten el acceso y salida de los vehículos de las personas con movilidad reducida, así como de ayudarlos personalmente en la maniobra de su ascenso y descenso.
El Concejal de Transportes ha detallado que "la nueva Ordenanza marca las pautas, los deberes y obligaciones tanto de profesionales del taxi como de los usuarios del servicio, se recogen, entre otros aspectos, novedades como que los vehículos deberán estar en perfectas condiciones de seguridad, confort y prestaciones para garantizar un servicio de calidad, teniendo los vehículos nuevos que incorporar las tecnologías más recientes para conseguir los mejores resultados en lo referente a la disminución de emisión de contaminantes".
En cuanto a los derechos y obligaciones de los usuarios el borrador también reúne como aspectos principales que se debe efectuar el pago del importe del servicio en moneda en euros, con tarjeta de crédito o débito, si el vehículo dispone de lector; solicitar que se suba o baje el volumen de la radio y otros aparatos del vehículo, o que se apaguen los mismos, salvo aquellos necesarios para la prestación del servicio; solicitar que se encienda la luz interior tanto para subir o bajar del vehículo como en el momento de efectuar el pago; transportar gratuitamente los perros de asistencia, así como elementos de ayuda a las personas de movilidad reducida y realizar el trayecto por el itinerario que elija, así como pagar el precio del servicio según las tarifas vigentes; utilizar correctamente los elementos del vehículo, incluyendo la prohibición de comer, fumar o consumir sustancias estupefacientes en el interior del vehículo, permitiéndose beber agua y comunicar el destino del servicio al inicio en la forma más precisa posible y advertir de la fórmula de pago.
En relación a las obligaciones de los conductores cabe destacar el deber de entregar al viajero un tique o factura del servicio que contenga los datos mínimos establecidos en esta Ordenanza; recoger el equipaje del viajero (máx. 30 kg), colocarlo en el maletero y entregárselo a la finalización del servicio; permitir, a los viajeros adultos, la apertura o cierre de las ventanas delanteras o traseras y facilitar a los pasajeros que lo soliciten el Libro de Reclamaciones, entre otras.