Internacional

La Comisión investiga el cumplimiento por parte de Snapchat de las normas de protección de la infancia en virtud del Reglamento de Servicios Digitales

La Comisión Europea ha incoado un procedimientos formal para investigar si Snapchat garantiza un alto nivel de seguridad, privacidad y protección de los menores en línea, en conformidad con el Reglamento de Servicios Digitales.

Snapchat puede haber infringido el Reglamento de Servicios Digitales al exponer a menores a intentos de captación con fines de abuso y reclutamiento con fines delictivos, así como a información sobre la venta de productos ilegales, como drogas, o productos restringidos por edad, como vapeadores y alcohol.

La investigación se centrará en cinco ámbitos..

Garantía de la edad

Según las propias condiciones generales de Snapchat, los usuarios deben tener al menos 13 años de edad para utilizar la plataforma. La Comisión sospecha que la confianza de Snapchat en la autodeclaración como medida de garantía de la edad es insuficiente. No impide que los menores de 13 años accedan al servicio, ni evalúa adecuadamente si los usuarios tienen menos de 17 años, lo que es necesario para garantizar una experiencia adaptada a la edad. Además, la Comisión sospecha que la herramienta para que los usuarios informen a Snapchat de la presencia de menores de 13 años en su servicio no está disponible para los usuarios en la aplicación.

Captación y reclutamiento de menores para actividades delictivas

La Comisión sospecha que Snapchat no protege adecuadamente a los menores de ser contactados por usuarios con intención perjudicial, como la explotación sexual o el reclutamiento para actividades delictivas. Al permitir que sus servicios sean utilizados indebidamente por adultos que, al no revelar su edad real en el momento del registro o al alterarla posteriormente, pretenden ser menores, es posible que Snapchat no esté aplicando salvaguardias suficientes para proteger a los menores de la exposición a contenidos, contactos, conductas y otros riesgos nocivos.

Configuración predeterminada inadecuada de la cuenta

La Comisión sospecha que la configuración por defecto de Snapchat no ofrece suficientes protecciones de privacidad, seguridad y protección a los menores. Por ejemplo, los niños y adolescentes se recomiendan automáticamente a otros usuarios a través del sistema «Encontrar amigos», y las notificaciones automáticas siguen estando activadas por defecto. Además, al crear una cuenta, no se ofrece a los usuarios una orientación adecuada sobre las funciones de privacidad y seguridad, ni una explicación sobre cómo ajustar la configuración de la cuenta.

Difusión de información sobre la venta de productos prohibidos

En virtud del Reglamento de Servicios Digitales, las plataformas en línea deben mitigar los riesgos sistémicos derivados de su servicio. La Comisión sospecha que Snapchat ha incumplido esta obligación. Por ejemplo, sus herramientas de moderación de contenidos no parecen ser eficaces para evitar la difusión de información que dirige a los usuarios hacia la venta de productos ilegales, como drogas, o artículos restringidos a la edad, como vapeadores y alcohol. Además, la plataforma no parece impedir eficazmente que los usuarios, incluidos los niños y los adolescentes, accedan a dichos contenidos.

Denuncia de contenidos ilícitos

La Comisión sospecha que los mecanismos en vigor para notificar contenidos ilícitos no son ni de fácil acceso ni fáciles de usar y pueden utilizar los denominados «patrones oscuros» en su diseño. Además, la Comisión sospecha que Snapchat no informa a los usuarios sobre las posibilidades de recurso, en particular a través del sistema interno de tramitación de reclamaciones de Snapchat.

Siguientes pasos

La Comisión llevará a cabo ahora una investigación en profundidad. Esto implica recopilar más pruebas, por ejemplo, enviando requerimientos de información a Snapchat y realizando entrevistas o inspecciones.

La incoación de un procedimiento formal faculta a la Comisión para adoptar nuevas medidas de ejecución, como la adopción de medidas provisionales y una decisión de incumplimiento. La Comisión también está facultada para aceptar compromisos de Snapchat para remediar la cuestión planteada en el procedimiento.

La incoación hoy del procedimiento formal significa que la Comisión se encarga de la investigación que el coordinador neerlandés de servicios digitales (DSC), la Autoridad de Consumidores y Mercados (ACM), puso en marcha el 9 de septiembre de 2025 sobre las ventas de vapeadores a menores en Snapchat. La ACM estará asociada a la investigación de la Comisión y seguirá apoyándola.

Antecedentes

La Comisión utilizó las Directrices delReglamento de Servicios Digitales de 2025 sobre protección de los menores como referencia para evaluar el cumplimiento por parte de las plataformas de la obligación de garantizar un elevado nivel de privacidad, seguridad y protección de los menores. Las Directrices establecen que la autodeclaración no debe considerarse una medida fiable de garantía de la edad; los menores no deben ser fácilmente detectables por los adultos ni recomendarse a los adultos como sugerencias de contacto, y los ajustes por defecto y el diseño de la interfaz de los menores deben fijarse en el nivel de protección más elevado disponible.

La apertura de una investigación por parte de la Comisión se basa en el análisis de los informes de evaluación de riesgos de Snapchat de 2023, 2024 y 2025, así como en las respuestas a la solicitud de información enviada el 10 de octubre de 2025. Esta solicitud requería información detallada sobre el sistema de verificación de la edad de Snapchat, así como sobre las medidas para evitar que los usuarios accedan a productos ilegales, incluidas las drogas, y que los menores accedan a productos restringidos por edad, como los vapeadores.

La Comisión ha tenido en cuenta la información recopilada por la ACM en su investigación sobre el cumplimiento del Reglamento de Servicios Digitales por parte de Snapchat en lo que respecta a la venta de vapeadores a menores en los Países Bajos, así como la información facilitada por la Agencia Federal de Redes de Electricidad, Gas, Telecomunicaciones, Correos y Ferrocarriles (BNetzA), el DSC para Alemania. La Comisión también recibió aportaciones de investigadores académicos, organizaciones de la sociedad civil y otras autoridades públicas.

En virtud del Reglamento de Servicios Digitales, los ciudadanos tienen derecho a presentar una reclamación sobre una infracción del Reglamento de Servicios Digitales al coordinador de servicios digitales de su Estado miembro. La Comisión también ha puesto en marcha una herramienta de denuncia de irregularidades que permite a los empleados y otras personas con conocimientos ponerse en contacto con la Comisión de manera anónima para contribuir a la supervisión del cumplimiento por parte de la Comisión mediante plataformas en línea de muy gran tamaño o motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño designados.

Cita:

«Desde la captación de menores y la exposición a productos ilegales hasta entornos de cuentas que socavan la seguridad de los menores, Snapchat parece haber pasado por alto que la Ley de Servicios Digitales exige normas de seguridad estrictas para todos los usuarios. Con esta investigación, examinaremos detenidamente su conformidad con nuestra legislación».

Henna Virkkunen, vicepresidenta ejecutiva para la Soberanía Tecnológica, la Seguridad y la Democracia — 26/03/2026

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