Internacional

Paquete de procedimientos de infracción de abril: principales decisiones para España

Desglose por ámbitos de actuación

1. Medio ambiente

Remisiones al Tribunal de Justicia

La Comisión decide llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por incumplir la Directiva sobre el tratamiento de aguas residuales urbanas

La Comisión Europea ha decidido hoy llevar a España [INFR(2017)2100] ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no haber cumplido todas las obligaciones de recogida, tratamiento y control establecidas en la Directiva sobre el tratamiento de aguas residuales urbanas (Directiva 91/271/CEE del Consejo). Las aguas residuales no tratadas pueden poner en peligro la salud humana y contaminar los lagos, los ríos, el suelo y las aguas costeras y subterráneas. La Directiva protege tanto la calidad del agua como la salud humana al exigir que los Estados miembros recojan y traten las aguas residuales urbanas de todas las aglomeraciones urbanas de 2 000 personas o más antes de verterlas al medio ambiente. Los Estados miembros también deben garantizar que los vertidos procedentes de las instalaciones de tratamiento de aguas residuales urbanas sigan cumpliendo, a lo largo del tiempo, los requisitos de la Directiva. Así pues, la correcta ejecución de la Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas contribuye a la resiliencia hídrica en toda la UE. La Comisión envió una carta de emplazamiento a España en octubre de 2017 y un dictamen motivado en noviembre de 2019. La Comisión considera que, hasta la fecha, los esfuerzos realizados por las autoridades españolas han sido insuficientes y, en consecuencia, va a llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Puede obtenerse más información a este respecto en el comunicado de prensa correspondiente.

2. Mercado interior, industria, emprendimiento y pymes

Cartas de emplazamiento

La Comisión insta a España a que cumpla la sentencia del Tribunal sobre la morosidad

La Comisión Europea ha decidido hoy incoar un procedimiento de infracción mediante el envío de una carta de emplazamiento a España [INFR(2026)2049] por no ajustar la legislación relativa al sector minorista a la interpretación aportada por el Tribunal de Justicia en el asunto C-677/22. Con arreglo al Derecho español, las condiciones de pago de los bienes de consumo pueden prolongarse sistemáticamente más allá de sesenta días, a veces más de ciento veinte días, una práctica que parece incoherente con la sentencia del Tribunal. La puntualidad de los pagos es crucial para que las empresas europeas crezcan e inviertan en el mercado único. Por consiguiente, la Comisión envía una carta de emplazamiento a España, que dispone ahora de dos meses para responder y subsanar las deficiencias señaladas por la Comisión. De no recibirse una respuesta satisfactoria, la Comisión podría optar por emitir un dictamen motivado.

3. Migración y asuntos de interior

Remisiones al Tribunal de Justicia

La Comisión decide llevar a Bulgaria, España, Francia, Luxemburgo, los Países Bajos, Polonia y Suecia ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no haber transpuesto la Directiva relativa a la resiliencia de las entidades críticas (REC)

La Comisión ha decidido llevar a Bulgaria [INFR(2024)0258], España [INFR(2024)0271], Francia [INFR(2024)0275], Luxemburgo [INFR(2024)0283], los Países Bajos [INFR(2024)0289], Polonia [INFR(2024)0291] y Suecia [INFR(2024)0297] ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no haber transpuesto ni notificado las medidas nacionales de transposición de la Directiva relativa a la resiliencia de las entidades críticas [Directiva (UE) 2022/2557 o Directiva REC]. Los Estados miembros tenían que transponer la Directiva REC a su ordenamiento jurídico nacional más tardar el 17 de octubre de 2024. La Directiva REC garantiza la prestación continua de servicios que son de vital importancia para la sociedad y la economía de la Unión en sectores clave como la energía, el transporte, la salud, el agua, la banca y las infraestructuras digitales. Exige a los Estados miembros que lleven a cabo evaluaciones de riesgos periódicas para identificar a las entidades críticas y garantizar que estas apliquen las medidas adecuadas para proteger la prestación ininterrumpida de los servicios esenciales. La Directiva adopta un enfoque de «todos los riesgos posibles», incluidos los riesgos naturales y de origen humano, como los ataques terroristas, las ciberamenazas, la infiltración delictiva y el sabotaje. Hasta la fecha, ninguno de los Estados miembros afectados ha transpuesto a su legislación nacional ninguna de las medidas de la Directiva. Por consiguiente, la Comisión los lleva ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y solicita a este que imponga sanciones financieras a cada uno de ellos. Puede obtenerse más información a este respecto en el comunicado de prensa correspondiente.

4. Justicia

Dictámenes motivados

La Comisión insta a España a que proteja el interés colectivo de los consumidores mediante acciones de representación de la UE

La Comisión Europea ha decidido hoy enviar un dictamen motivado a España [INFR(2023)0015] por no haber incorporado plenamente a su ordenamiento jurídico interno la Directiva relativa a las acciones de representación [Directiva (UE) 2020/1828]. Adoptada en 2020, esta Directiva tiene por objeto garantizar que todos los consumidores de la UE se beneficien plenamente de los derechos que les corresponden en virtud del Derecho de la Unión. Faculta a las entidades habilitadas, como las organizaciones de consumidores, para solicitar medidas resarcitorias. Las medidas resarcitorias pueden incluir medidas como la indemnización, sustitución o reparación, para un grupo de consumidores que se hayan visto perjudicados por una práctica comercial ilegal. Los Estados miembros tenían hasta el 25 de diciembre de 2022 para incorporar la Directiva a su Derecho nacional. En enero de 2023, la Comisión envió una carta de emplazamiento a varios Estados miembros, entre ellos España, por no haber notificado las medidas de transposición completas. Desde entonces, España solo ha notificado la transposición parcial de la Directiva. Aunque el Derecho español ya prevé, en cierta medida, un mecanismo de acciones de representación, este carece de elementos esenciales de la Directiva, como, por ejemplo, la posibilidad de que las entidades habilitadas interpongan acciones de representación transfronterizas. Por consiguiente, la Comisión ha decidido enviar un dictamen motivado a España, que dispone ahora de dos meses para responder a él y adoptar las medidas necesarias. De no hacerlo, la Comisión podría optar por remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea y solicitar que se le impongan sanciones financieras.

5. Tributación

Dictamen motivado

La Comisión insta a España a que ponga fin a la imposición discriminatoria de las viviendas de contribuyentes no residentes que trabajan y residen habitualmente en España

La Comisión Europea ha decidido hoy enviar un dictamen motivado a España [INFR(2025)4007] por infringir la libre circulación de capitales (artículo 63 del TFUE) al gravar a los contribuyentes no residentes por sus viviendas utilizadas como residencia habitual. En general, España grava las rentas imputadas de bienes inmuebles propiedad de particulares al 2 % de su valor catastral. Sin embargo, los inmuebles utilizados como vivienda que constituyen la residencia habitual de contribuyentes residentes en España están exentos de impuestos. Esta exención fiscal no se aplica a los contribuyentes no residentes. Por consiguiente, la Comisión ha decidido enviar un dictamen motivado a España, que dispone ahora de dos meses para responder a él y adoptar las medidas necesarias. De no hacerlo, la Comisión podría optar por remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

6.. Estabilidad financiera, servicios financieros y Unión de los Mercados de Capitales

Dictámenes motivados

La Comisión insta a España y Polonia a que transpongan las modificaciones de la cuarta Directiva contra el blanqueo de capitales y completen la aplicación de otras medidas introducidas por el Reglamento relativo a las transferencias de fondos

La Comisión Europea ha decidido enviar un dictamen motivado a España [INFR(2025)2079] y Polonia [INFR(2025)2081] por no transponer las modificaciones de la cuarta Directiva contra el blanqueo de capitales [Directiva (UE) 2015/849] introducidas por el Reglamento relativo a las transferencias de fondos [Reglamento (UE) 2023/1113] y por no notificar a la Comisión las normas sobre sanciones administrativas y otras medidas aplicables a las infracciones del Reglamento. El Reglamento relativo a las transferencias de fondos establece normas aplicables a la información sobre ordenantes y beneficiarios que acompaña a las transferencias de fondos en cualquier moneda, y sobre los originadores y beneficiarios que acompaña a las transferencias de criptoactivos, con el fin de prevenir, detectar e investigar el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Sustituye y amplía el ámbito de aplicación del antiguo Reglamento relativo a la información que acompaña a las transferencias de fondos [Reglamento (UE) 2015/847] y modifica la cuarta Directiva contra el blanqueo de capitales con el fin de introducir nuevos requisitos sobre la información que acompaña a las transferencias de criptoactivos. Además, el Reglamento relativo a las transferencias de fondos exige a los Estados miembros que adapten sus marcos jurídicos nacionales. Estas disposiciones ya figuraban en la versión anterior del Reglamento [Reglamento (UE) 2015/847], pero requieren medidas adicionales por parte de los Estados miembros para garantizar que también apliquen sanciones y medidas administrativas, en particular en caso de incumplimiento relacionado con los proveedores de servicios de criptoactivos. Ninguno de los dos Estados miembros ha notificado la transposición de las modificaciones introducidas en la cuarta Directiva contra el blanqueo de capitales ni ha completado la aplicación del Reglamento sobre sanciones administrativas y otras medidas antes del 30 de diciembre de 2024. El Reglamento relativo a las transferencias de fondos es un acto legislativo europeo clave diseñado para combatir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo al garantizar la trazabilidad de las transferencias financieras. Su inaplicación entraña riesgos jurídicos, financieros y operativos para las entidades y las personas y, en particular, para todos los proveedores de servicios de criptoactivos que operan en la UE. Por tanto, la Comisión ha decidido enviar sendos dictámenes motivados a los dos Estados miembros en cuestión, que disponen ahora de dos meses para responder y adoptar las medidas necesarias. De no hacerlo, la Comisión podría optar por remitir los asuntos al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

La Comisión insta a España, los Países Bajos, Portugal y Suecia a que transpongan plenamente la Directiva ómnibus relativa al punto de acceso único europeo (PAUE) para garantizar el acceso de los inversores a la información pública de las empresas

La Comisión Europea ha decidido hoy enviar un dictamen motivado a España [INFR(2025)0269], los Países Bajos [INFR(2025)0281], Portugal [INFR(2025)0285] y Suecia [INFR(2025)0288] por no haber transpuesto plenamente la Directiva ómnibus relativa al punto de acceso único europeo (PAUE) [Directiva (UE) 2023/2864] en relación con los cambios introducidos en la Directiva sobre transparencia (Directiva 2004/109/CE) a raíz de una carta de emplazamiento enviada en julio de 2025. La Directiva ómnibus sobre el PAUE forma parte del paquete legislativo del PAUE, que facilita la creación de un mecanismo centralizado para ofrecer información pública fácilmente accesible, comparable y utilizable a los inversores y otras partes interesadas. Un acceso fácil y estructurado a la información por parte de los participantes en el mercado contribuirá a la integración de los mercados de capitales de la UE, en consonancia con los objetivos de la Unión de Ahorros e Inversiones. Esto facilitará la financiación de las empresas de la UE, impulsando así el crecimiento y la creación de empleo en su territorio. El paquete legislativo prevé tres fases de desarrollo del PAUE. La primera fase comenzará en julio de 2026, cuando las divulgaciones exigidas en virtud de la Directiva sobre transparencia, el Reglamento sobre el Folleto y el Reglamento sobre las ventas en corto se presenten a las autoridades nacionales competentes para que puedan ponerse a disposición en el PAUE. Para esta primera fase, los Estados miembros debían transponer los cambios introducidos en la Directiva sobre transparencia a más tardar el 10 de julio de 2025, tal como se les indicó en la carta de emplazamiento enviada en julio de 2025. Por tanto, la Comisión ha decidido enviar sendos dictámenes motivados a los cuatro Estados miembros que siguen sin transponer los cambios, que disponen ahora de dos meses para responder y adoptar las medidas necesarias. De no hacerlo, la Comisión podría optar por remitir los asuntos al Tribunal de Justicia de la Unión Europea y solicitar que se les impongan sanciones financieras.

7. Empleo y derechos sociales

Dictámenes motivados

La Comisión insta a España a que elimine las condiciones laborales discriminatorias en el sector público

La Comisión Europea ha decidido hoy enviar un dictamen motivado a España [INFR(2014)4224] por no haber adaptado plenamente su legislación nacional a la Directiva sobre el trabajo de duración determinada (Directiva 1999/70/CE del Consejo), que prohíbe la discriminación de los trabajadores con contrato de duración determinada. El Derecho español contiene condiciones laborales menos favorables para los trabajadores con un contrato de duración determinada que trabajan en el sector público español en comparación con los trabajadores fijos. Según la Comisión, esto constituye una discriminación contraria al Derecho de la Unión, por lo que incoó este procedimiento de infracción en 2014. Si bien España resolvió y aclaró algunas de las cuestiones establecidas en la última carta de emplazamiento enviada por la Comisión en julio de 2024, en otros casos las explicaciones facilitadas siguen siendo insatisfactorias. Por consiguiente, la Comisión ha decidido enviar un dictamen motivado a España, que dispone ahora de dos meses para responder a él y adoptar las medidas necesarias. De no hacerlo, la Comisión podría optar por remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

La Comisión insta a España a que impida el uso abusivo de las relaciones laborales de duración determinada y las condiciones laborales discriminatorias en el sector público

La Comisión Europea ha decidido hoy enviar un dictamen motivado a España [INFR(2014)4334] por no brindar una protección suficiente contra el uso abusivo de contratos sucesivos de duración determinada a los trabajadores del sector público. Esta situación contraviene las normas de la UE (Directiva 1999/70/CE del Consejo), que exigen que los Estados miembros introduzcan en sus respectivas legislaciones nacionales medidas destinadas a evitar y, en su caso, sancionar los abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos de duración determinada. El Derecho español no incluye tales medidas para determinados tipos de contratos temporales en el sector público. Aunque España ha modificado sus normas nacionales tras la incoación del procedimiento de infracción en 2015 y la última carta de emplazamiento, enviada por la Comisión en octubre de 2024, las explicaciones facilitadas siguen siendo insatisfactorias. Por consiguiente, la Comisión ha decidido enviar un dictamen motivado a España, que dispone ahora de dos meses para responder a él y adoptar las medidas necesarias. De no hacerlo, la Comisión podría optar por remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. 

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