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Expertos celebran las medidas del Gobierno, pero indican que el ahorro empresarial no será muy "significativo"

Tempos Energía subraya que el alza del precio del gas, si no se frena la demanda, podría durar entre tres y cuatro años

Tempos Energía ha valorado de forma positiva las medidas energéticas del Real Decreto-Ley 11/22, publicadas este domingo en el BOE, apuntando además que, sin el mecanismo del tope del gas, el precio total de la electricidad podría incrementarse hasta en un ocho por ciento. "Son medidas siempre bienvenidas pero, con el actual precio de la electricidad situado entre los 250 y 300 €/Mwh, aparecen un poco deslucidas", han asegurado.

Los expertos de la consultora energética, si bien tildan las medidas de "necesarias", apuntan a que el ahorro a nivel empresarial e industrial "no será muy significativo debido a la crecida de la demanda, la ayuda a Francia, el poco viento y a que el gas se ha disparado de nuevo debido al corte de suministros rusos y a la guerra de Ucrania". Factores que han provocado que "el precio total, pool más compensación de gas, se dispare a más de 220 €/Mwh en la última semana", aclaran.

"Tendríamos precios más asequibles si la demanda se frenase aunque, sin el gas topado, el precio podría incrementarse hasta el 8%", han explicado desde Tempos, asegurando que, pese a estas medidas, "los altos precios del gas podrían mantenerse entre tres y cuatro años".

El nuevo decreto adopta y prorroga medidas para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, con el objetivo de hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma.

Atendiendo al artículo 17, la aplicación del tipo impositivo del 0,5 por ciento del Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE) se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022, lo que para el CEO y director técnico de Tempos Energía, Antonio Aceituno, podría seguir suponiendo "una reducción de costes para los clientes industriales por encima de los 130.000 euros mensuales".

Asimismo, el experto energético destaca el artículo 18, referente al tipo impositivo aplicable del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) a determinadas entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de energía eléctrica.

El apartado expone que "con efectos desde el 1 de julio de 2022 y vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022, se aplicará el tipo del 5 por ciento del Impuesto sobre el Valor Añadido a favor de titulares de contratos de suministro de electricidad, cuya potencia contratada (término fijo de potencia) sea inferior o igual a 10 kW, con independencia del nivel de tensión del suministro y la modalidad de contratación".

Esta medida, según estima Aceituno, va a suponer un montante total de ahorro, hasta final de año, que puede sobrepasar los 120 euros.

Por otra parte, en materia de gas, desde Tempos celebran el artículo 20, referente a las Medidas de apoyo a la industria gas intensiva, por el que se aprueba una línea de ayudas directas a la industria intensiva en consumo de gas, correspondientes a 2022.

Los beneficiarios de estas ayudas serán las empresas, incluyendo comunidades de bienes y entidades sin personalidad jurídica o autónomos, que hayan realizado durante 2021 al menos una de las actividades previstas en los siguientes Códigos CNAE y continúen en su ejercicio en el momento de la solicitud: acabado de textiles, industrias extractivas n.c.o.p., fabricación de productos abrasivos y productos minerales no metálicos n.c.o.p., fabricación de productos químicos básicos, fabricación de productos básicos de hierro, acero y ferroaleaciones, fabricación de otros productos cerámicos, fabricación de cemento, cal y yeso, Producción de metales preciosos y de otros metales no férreos y pinturas, barnices, tintas de imprenta y masillas.

El importe de las ayudas para cada beneficiario consistirá en una cantidad, dependiendo de su CNAE, multiplicada por su número de empleados que consten dados de alta en la Seguridad Social a fecha 15 de junio de 2022, con una cuantía bruta máxima de 400.000 euros, es decir, antes de impuestos y otras retenciones. La cantidad por empleado en cada CNAE será 2.600 euros. Si bien, el importe resultante podrá superar la cantidad bruta máxima de 400.000 euros.

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