Un hombre de Murcia ha logrado la cancelación de una deuda que ascendía a 42.271 euros mediante la aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad.
Según se desprende del caso, su estado de insolvencia se originó a raíz del emprendimiento de una peluquería por parte de su mujer. Para poner en marcha el negocio, la parte deudora solicitó financiación destinada a la adecuación del local, la compra de maquinaria y enseres necesarios para el ejercicio de la actividad, así como al pago de las tasas correspondientes a las licencias de apertura. Posteriormente, también recurrió a préstamos para la adquisición de un vehículo que necesitaba para acudir a su puesto de trabajo.
Durante un tiempo, el negocio funcionó correctamente y generó ingresos suficientes para afrontar los gastos derivados de la actividad y las necesidades básicas familiares. Sin embargo, la facturación descendió de forma drástica. Más adelante, él perdió su empleo y ella se vio obligada a solicitar la baja médica laboral. Cuando finalmente él volvió a encontrar trabajo, sus ingresos se estabilizaron, pero la acumulación de intereses por las cuotas impagadas y los elevados recargos por demora hicieron imposible revertir la situación de sobreendeudamiento.
Finalmente, el Juzgado competente dictó la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), lo que les permite quedar liberados de todos los importes pendientes de pago y comenzar una nueva etapa sin deudas.
La Ley de Segunda Oportunidad, en vigor desde 2015, permite a particulares y autónomos en situación de insolvencia cancelar total o parcialmente sus deudas siempre que cumplan una serie de requisitos legales. Desde su implantación, este mecanismo ha sido utilizado por personas de todo el territorio nacional y su aplicación continúa en aumento debido al elevado número de expedientes tramitados.
El perfil de quienes se acogen a esta ley es muy diverso: pequeños empresarios cuyos negocios no prosperaron, personas en situación de desempleo, ciudadanos afectados por problemas laborales o de salud, víctimas de engaños financieros, padres que avalaron a sus hijos, entre otros casos habituales.
Además, muchos procedimientos de este tipo se complementan con la revisión de contratos financieros para detectar posibles cláusulas abusivas en productos como tarjetas de crédito, tarjetas revolving, minicréditos, préstamos personales o hipotecas, lo que puede dar lugar a reclamaciones adicionales frente a entidades financieras.