Economía

Subvenciones de hasta el 40% para vehículos eléctricos y cargadores: Plan Moves III

Es evidente que la sociedad cada vez está más conciencienciada con la sostenibilidad del planeta, tratando de disminuir el impacto en el entorno y frenar la contaminación. Hoy por hoy, una de las grandes fuentes de gases nocivos son los vehículos, por eso, los eléctricos se han convertido en una opción en la que el ahorro y la sostenibilidad no son una alternativa, son un extra. Tanto es así que, según los datos del Estudio de Energías Renovables 2022 llevado a cabo por SotySolar, el 36% de los españoles afirma que tienen pensado comprar un coche eléctrico como su próximo vehículo.

Otro tercio de los españoles (32%) afirma que, si bien le gustaría comprar un coche eléctrico en el corto plazo, creen que aún no funcionan bien o que no hay suficientes facilidades. Y es que, aunque cada vez más son más los usuarios que se atreven a pasarse a la movilidad eléctrica, una de las demandas más grandes es la implantación de nuevos sistemas de carga para poder estar tranquilos con la autonomía a la hora de usar estos coches. 

Con el objetivo de hacerlos todavía más atractivos y apoyar esta transición del parque eléctrico y aumentar los puntos de recarga, el gobierno de España ha vuelto a sacar las ayudas del Plan Moves III, dotadas en esta ocasión de 400.000.000€, con posibilidad de ampliación, para fomentar la compra de vehículos híbridos enchufables y eléctricos, así como incrementar la instalación de puntos de recarga.

¿Quiénes se pueden beneficiar de estas ayudas?

Podrán beneficiarse de estas ayudas las personas físicas y autónomos, comunidades de propietarios o personas jurídicas constituidas en España. Hay dos escenarios de actuación subvencionables:

1.  Adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible: La adquisición podrá ser directa o por medio de operaciones de financiación por leasing financiero o arrendamiento por renting de vehículos nuevos, matriculados por primera vez en España a nombre del destinatario último de la ayuda, salvo en los casos de renting en los que podrá estar matriculado a nombre de la empresa de renting. Los vehículos incentivables serán de turismos, furgonetas, motocicletas y cuadriciclos eléctricos.

2.  Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos: La infraestructura de recarga subvencionable, a través de la modalidad de adquisición directa, podrá ser tanto de acceso público, como privado. Además, en el caso de comunidades de propietarios, será subvencionable la preinstalación eléctrica y de servicio de comunicaciones para dotar de recarga inteligente a la recarga vinculada de vehículo eléctrico. La infraestructura de recarga podrá ser de cualquier potencia y estar destinada tanto a uso privado en sector residencial, incluidas las viviendas unifamiliares, como el uso público en sector no residencial (aparcamientos públicos, hoteles, centros comerciales, universidades, hospitales, polígonos industriales, centros deportivos, etc.).

Estas ayudas son incompatibles con otras subvenciones o ayudas que pudieran concederse para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. En cambio, sí son compatibles con las subvenciones para el autoconsumo del RD 477/2021, por ser actuaciones distintas.

Teniendo en mente estas ayudas para vehículos eléctricos y cargadores, la opción de comprar un vehículo eléctrico y poner en el hogar un punto de recarga se hace mucho más atractiva y accesible. El plazo para la presentación de las solicitudes ha comenzado el 10 de abril de 2021, finalizando el 31 de diciembre de 2023. Las solicitudes se presentarán de forma telemática a través de las páginas oficiales de cada comunidad autónoma. Para ayudar a los usuarios de SotySolar, la compañía se puede encargar de presentarla para ahorrar tiempo y facilitarle todos los trámites a los consumidores.

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