La Asociación considera de forma positiva que el TJUE admita a trámite las cuestiones prejudiciales sobre el IRPH que logren que los consumidores afectados no queden vinculados por una cláusula abusiva y perjudicial.
El índice IRPH es más alto y por tanto más perjudicial al consumidor, por su propia composición, al incluir las medias de costes y comisiones del banco, cosa que no sucede con el euríbor.
Ante la posición probanca del Supremo que no dota de total claridad en torno a la abusividad y devolución del IRPH, el TJUE tendrá que volver a dictaminar para salvaguardar los derechos de los consumidores, evitando que estos no queden vinculados por una cláusula abusiva, perjudicial, falta de transparencia y nula de pleno derecho.
Una vez más el TJUE se convierte en el último amparo del derecho de los consumidores en torno a cláusulas abusivas, después de la decepcionante sentencia del Supremo del pasado mes de noviembre, en la que el Alto Tribunal contradecía a Europa y a la doctrina más especializada sobre el control de transparencia para darle la razón a la banca.
Asimismo, ADICAE recibe con satisfacción que muchas de las audiencias provinciales estén presentando estas cuestiones al Tribunal Europeo y muchas otras dejen en suspensión los procedimientos hasta que no se resuelvan las mismas.
Esta práctica señala directamente a la ineficacia del Supremo para buscar argumentos en contra de los consumidores que carecen de objetividad y rigor.
La Asociación insiste en la abusividad del IRPH cuyo cálculo es manipulable y especulador y por lo tanto, no transparente y abusivo para los consumidores, al crear un desequilibrio notable de intereses.