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El Obispado de Cartagena tiene tres meses para retirar la inscripción falangista del muro de la Catedral

La Dirección General de Promoción de la Memoria Democrática ha resuelto el pasado 29 de junio incluir en el Catálogo de Símbolos y Elementos contrarios a la Memoria Democrática la “inscripción en honor a José Antonio Primo de Rivera de la Catedral de Murcia”. Informando que “no existen razones artísticas o arquitectónicas suficientes que justifiquen su mantenimiento”.

Se determina la retirada de esta inscripción en los términos establecidos en el artículo 35.5 de la Ley 20/2022, de 19 de octubre. Dado que no es conveniente su conservación, resulta necesaria su retirada definitiva y permanente.

Por tanto, se requiere al Obispado de Cartagena, como titular del mencionado elemento, a que, en el plazo máximo de tres meses, a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, ejecute y cumpla de forma voluntaria el contenido de la misma, procediendo a su retirada en los términos previstos en el mencionado artículo 35.5 de la Ley 20/2022.

El incumplimiento de esta obligación en el plazo mencionado anteriormente dará lugar a la incoación del procedimiento previsto en el artículo 37 de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática; es decir, a las sanciones y, en su caso, la retirada de oficio por parte de la Administración del Estado.

Razones historiográficas por las que se considera contrario a la Memoria Democrática

La Comisión Técnica sobre símbolos y elementos contrarios a la Memoria Democrática argumenta en su informe de fecha 13 de mayo del presente año lo siguiente:

“La inscripción se encuentra en un lugar relevante del conjunto catedralicio, de alto valor simbólico para la ciudad de Murcia y especialmente visible, puesto que está situado en una de las puertas de entrada al templo, con letras de tamaño considerable grabadas en la fachada y la palabra ¡Presente! (un grito de referencia del régimen franquista) claramente visible.

Las inscripciones, placas o elementos conmemorativos situados en catedrales y otros edificios religiosos que honran a José Antonio Primo de Rivera u otras figuras vinculadas al golpe de Estado de 1936, la Guerra de España o la dictadura franquista constituyen vestigios contrarios a los valores de la Memoria Democrática cuando cumplen una función de exaltación política, simbólica o ideológica del régimen franquista.

Estos elementos no pueden interpretarse como meros testimonios históricos o expresiones de devoción religiosa, ya que su instalación respondió, en la mayoría de los casos, a la identificación explícita entre la Iglesia católica y la dictadura franquista, así como a una estrategia deliberada de legitimación del nuevo orden político mediante la sacralización de sus líderes y mártires. La presencia de estas inscripciones en espacios de culto y en bienes de alto valor patrimonial refuerza dicha legitimación y contribuye a la normalización simbólica de un régimen responsable de graves vulneraciones de derechos humanos.

Asimismo, su carácter visible y honorífico perpetúa una memoria excluyente, que invisibiliza el sufrimiento de quienes padecieron la represión franquista y contradice los valores democráticos actuales.”

Reivindicación histórica de las Asociaciones memorialistas de la Región de Murcia

Tal y como recuerda la propia Dirección General de Promoción de la Memoria Democrática en su resolución:

“La permanencia de la inscripción en la Puerta de las Cadenas, frente a la Plaza de la Cruz, supone la conservación de un símbolo que glorifica la ideología franquista en un espacio de relevancia histórica y cultural. A pesar de las reiteradas solicitudes de retirada por parte de asociaciones memorialistas, la ausencia de respuesta institucional por parte del Obispado evidencia la persistencia de referencias que hacen apología de la dictadura en un monumento de titularidad eclesiástica”

Esas reiteradas solicitudes de retirada concluyeron, antes justo de la pandemia y, antes también, de la nueva Ley de Memoria Democrática de octubre de 2022, en una concentración delante de la misma inscripción. 

Tras la promulgación de esta última Ley, volvimos a reincidir en la solicitud de este vestigio y de todos (adjuntamos recibido de burofax con fecha 5/01/2023), de los que tenemos conocimiento en La Región (carta que adjuntamos), cuya competencia y responsabilidad de retirada es del mismo Obispado de Cartagena. 

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