Región

El PSOE exige a López Miras que aclare si existe una incompatibilidad entre su situación como abogado ejerciente y su condición de presidente

Carmina Fernández anuncia que el Grupo Parlamentario Socialista ha presentado un escrito en la Comisión del Estatuto del Diputado de la Asamblea Regional para esclarecer los hechos

“López Miras podría estar incumpliendo la ley para seguir disfrutando de las ventajas de permanecer como abogado ejerciente. En el caso de confirmarse, exigimos que ponga fin a esta incompatibilidad y que asuma responsabilidades”

El Grupo Parlamentario Socialista ha presentado un escrito en la Comisión del Estatuto del Diputado de la Asamblea Regional en el que pide a López Miras que aclare si existe una incompatibilidad entre su situación como abogado ejerciente y su condición de presidente de la Región de Murcia.

“En el caso de confirmarse, exigimos que ponga fin a esta incompatibilidad y que asuma responsabilidades”, ha anunciado la portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, Carmina Fernández.

Fernández ha explicado que, según las informaciones publicadas por un medio de comunicación, se trataría de una vulneración continua y sostenida del Real Decreto 135/2021, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto General de la Abogacía Española, por parte de una de las máximas autoridades políticas de la Región de Murcia, “algo muy grave”.

En este sentido, ha detallado que, según este medio de comunicación, López Miras figura desde 2017 como abogado ejerciente en el censo oficial del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE).

La portavoz socialista ha indicado que esto podría vulnerar el Estatuto General de la Abogacía Española, aprobado por Real Decreto 135/2021, de 2 de marzo, que regula quién puede ejercer la profesión y quién puede usar la denominación de abogado o abogada.

“López Miras tiene dedicación exclusiva como presidente autonómico, lo que le impide legalmente ejercer la abogacía desde el momento en que tomó posesión del cargo en 2017. Se trata de una incompatibilidad objetiva reconocida expresamente en la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia”, ha señalado.

Finalmente, Fernández ha remarcado que López Miras podría estar incumpliendo la ley para seguir disfrutando de las ventajas de permanecer como abogado ejerciente, como mantener la antigüedad profesional o conservar derechos colegiales exclusivos, como el acceso al turno de oficio o servicios jurídicos y participar plenamente en la vida del colegio profesional.

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