Región

Fomento amplía hasta el 1 de septiembre el plazo para solicitar ayudas destinadas a mejorar la accesibilidad en viviendas

"Desde la Consejería se han concedido a día de hoy 29 expedientes, que beneficiarán a 662 viviendas, y cuyo importe asciende al 1.773.794 euros", matizó José Manuel

El Boletín Oficial de la Región de Murcia publicó recientemente la Orden de la Consejería de Fomento e Infraestructuras que se amplía el plazo de presentación de solicitudes establecido en la Orden de 29 de diciembre de 2022 de ayudas destinadas a mejorar la accesibilidad en viviendas (PEAV 2022-2025).

"De esta forma, ampliamos hasta el 1 de septiembre de 2024 el plazo de presentación de solicitudes para las ayudas destinadas a la mejora de la accesibilidad en viviendas", anunció José Manuel, quien especificó que se han concedido 29 expedientes que beneficiarán a 662 viviendas.

"De esta manera, el total de las ayudas asciende a 1.773.794 euros y animamos a la sociedad a que sigan presentando solicitudes", expresó José Manuel, quien además recordó que algunas de las actuaciones que se están llevando a cabo "son la implementación de ascensores o rampas en las edificaciones que lo necesitan, prestando especial a atención a las personas con discapacidad".

Asimismo, desde Fomento se especifica que podrán beneficiarse de la ayuda las personas propietarias de viviendas unifamiliares y de edificios de tipología residencial de vivienda colectiva; las arrendatarias o concesionarias de los edificios o viviendas relacionadas con empresas constructoras, incluidas las cooperativas; y la persona arrendataria de la vivienda cuando las obras o actuaciones no sean de obligada ejecución por la propietaria.

Condiciones de las solicitudes

Los edificios y viviendas para los que se solicite la ayuda deberán reunir varias condiciones tales como estar finalizados antes de 2006, disponer de informe técnico y del proyecto de las actuaciones a realizar. Además, en el caso de personas que opten a ayudas para viviendas unifamiliares, éstas podrán ser concedidas siempre que se trate de su domicilio habitual y permanente.

La cuantía máxima de la ayuda se determinará atendiendo al coste total de las actuaciones a desarrollar (inversión subvencionable), en función de la tipología de la vivienda/edificio objeto de la actuación y de las circunstancias individuales de las personas beneficiarias.

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