Región

Establen las disposiciones generales de vedas para la pesca fluvial en la Región

La Orden determina las especies que pueden ser objeto de aprovechamiento, sus dimensiones mínimas, los periodos hábiles y las zonas en las que puede ejercerse esta actividad deportiva

La Comunidad Autónoma ha establecido, mediante una Orden, las directrices generales de vedas para la pesca fluvial en la Región de Murcia por lo que resta del presente año y, en su caso, los venideros hasta un máximo de tres, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42.1 de la Ley 7/2003, de Caza y Pesca Fluvial de la Región de Murcia.

La directora general de Medio Natural, María Cruz Ferreira, destacó que en la citada orden "se reflejan las directrices a tener en cuenta para la pesca fluvial tales como las zonas donde se puede realizar, las horas y periodos hábiles, qué especies son pescables, sus dimensiones mínimas, las artes y medios que se pueden utilizar, el procedimiento para la organización de competiciones y otras limitaciones generales".

En términos generales, podrá practicarse la pesca fluvial durante todos los días del año, durante el periodo comprendido entre una hora antes de la salida del sol y una hora después de su puesta, quedando los días, horas y periodos hábiles de cada coto o zona fluvial reflejadas en la propia Orden.

Los cotos y zonas de pesca fluvial se localizan en los ríos Segura, en los municipios de Moratalla, Calasparra, Cieza, Abarán y Murcia; Luchena y Mula; y en 11 embalses, estando prohibida la pesca en los ríos Benamor, Agos y Quípar y en el embalse de Santomera.

Las especies que pueden ser objeto de aprovechamiento piscícola son el barbo gitano, la boga de río, el gobio y el carpín dorado. Además, también son pescables algunas especies exóticas invasoras como la lucioperca, el lucio, el cangrejo rojo, la carpa, el black-bass y la trucha arcoíris.

Ferreira argumentó que "con ello se pretende compatibilizar el aprovechamiento ordenado de aquellas especies exóticas invasoras que tengan relevancia social y/o económica, con la protección del medio natural y de los ecosistemas fluviales".

La novedad más relevante que se recoge en esta Orden es que se establece como obligatoria en la pesca del barbo gitano, la modalidad de captura y suelta durante todo el año, modificando el periodo establecido en la orden anterior en la que se especificaba que solo sería entre el 1 de enero y el 31 de julio.

Noticias de Región

Han partido esta mañana 20 bomberos y técnicos, que se desplazan con 9 vehículos y un helicóptero

El director general de Impulso al Comercio asiste a la Noche Blanca del Comercio de la ciudad aguileña, un evento en el que participan más de 400 establecimientos, de los que casi el 90 por ciento son autónomos y micropymes

El plan de control para este verano incluye la visita de los inspectores a más de 1.200 instalaciones y más de 600 torres de refrigeración

El director general de Movilidad y Transportes destaca que el incremento del número de inscritos refleja el dinamismo del sector del transporte y la creciente demanda de profesionales cualificados para responder a las necesidades de las empresas

La Dirección General de Competitividad y Calidad Turística desempeñará un papel de asesoramiento en ámbitos como la gobernanza turística, la gestión de destinos, los sistemas de calidad, la digitalización y la cooperación internacional

La Comunidad ha actuado en cerca de 327 hectáreas del monte público 'Barranco de Italia' para reforzar la biodiversidad y mejorar la resistencia de los bosques frente al cambio climático