Región

Aprobado el Decreto Ley de medidas fitosanitarias excepcionales y urgentes mediante la quema controlada

Los interesados deberán presentar una solicitud junto a un informe técnico a la Dirección General de Agricultura, y en caso de ser autorizado entregarlo en el Ayuntamiento del municipio

El texto tiene en cuenta la protección del medio ambiente, de la salud pública y los problemas de sanidad vegetal

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el Decreto Ley de medidas fitosanitarias excepcionales y urgentes para la gestión de restos vegetales generados en la propia explotación mediante la quema controlada in situ para evitar la proliferación y dispersión de organismos nocivos de la Región. El texto aprobado será publicado mañana viernes en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, siendo efectivo su contenido a partir de ese momento.

El texto tiene el objetivo de regular los condicionantes que deben concurrir para la autorización individualizada de la utilización del método de la quema de restos vegetales agrícolas o silvícolas procedentes de la poda u otras operaciones de cultivo generados en una explotación.

Así lo comunicó la consejera portavoz del Gobierno regional, Valle Miguélez, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, donde explicó que "hemos trabajado para dar respuesta a uno de los principales problemas de nuestros agricultores".

"La quema controlada de estos restos es la medida fitosanitaria más adecuada para la eliminación de algunos organismos nocivos, si bien solo se puede justificar por motivos de excepcionalidad fitosanitaria, convirtiéndose así en una medida de prevención y control de plagas y enfermedades", añadió.

"En el nuevo Decreto Ley, se tiene en cuenta, además de la sanidad vegetal, otros aspectos como la protección del medio ambiente y la salud pública, lo que supone ofrecer una respuesta a los interesados con todas las garantías jurídicas necesarias", dijo Miguelez.

Para llevar a cabo la quema controlada de restos de poda, el interesado deberá presentar a la Dirección General de Agricultura, Industria Alimentaria y Cooperativismo Agrario y con un plazo mínimo de un mes previo a la quema una solicitud acompañada de un informe técnico, para recibir la correspondiente autorización.

Tras ello deberán comunicar al Ayuntamiento del municipio en cuestión la autorización de la Consejería para la adopción, en caso de proceder, de medidas complementarias en materia de protección contra la contaminación atmosférica y la salud, cuando la quema pueda afectar por su proximidad a la población.

Asimismo, la portavoz destacó que "hemos aprovechado la coyuntura para actualizar la amplia lista de cultivos y organismos nocivos que afectan a las producciones agrícolas, como por ejemplo la inclusión del virus rugoso del tomate".

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