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El SIDI se congratula del nuevo éxito judicial obtenido por sus Servicios Jurídicos

En sentencia nº 94/2020 notificada en el día de hoy, de fecha 9 de marzo de 2020 la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ de Murcia ha estimado la demanda interpuesta por el SIDI considerando que hubo vulneración de Derechos Fundamentales en la anterior campaña electoral sindical por parte de la Administración, la cual en contra del derecho de libertad sindical, y vulnerando su posición de imparcialidad, y de manera consiente y dolosa,  favoreció al sindicato CSIF, facilitándole el acceso a los emails de todos los docentes de esta región, para que dicha organización sindical enviara un sindicato de propaganda electoral.

Desde esta Organización sindical señalamos a la actual Consejera de Educación como la participe de dicha conducta, aún más si cabe cuando la misma a porto a este procedimiento un informe que la sentencia ha demostrado que no era cierto, dándole igual faltar a la verdad a un Tribunal de justicia, con tal de intentar  ocultar una conducta antisindical.

Por todo ello consideramos que una Consejera que vulnera un derecho Fundamental reconocido constitucionalmente a todos los docentes, y que posteriormente falta a la verdad en sus declaraciones no tiene más salida que la de presentar su dimisión o bien ser cesada en el cargo de manera inmediata.

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