Región

La Comunidad concederá ayudas de hasta 15.000 euros para mejorar el estado de conservación, la eficiencia energética y la accesibilidad de edificios

Se han publicado en el BORM las bases que regulan las subvenciones del Plan de Vivienda 2017 destinadas a la rehabilitación edificatoria

Los ciudadanos que vivan en edificios residenciales se podrán beneficiar de las ayudas que el Gobierno regional, a través de la Consejería de Presidencia y Fomento, destina a la rehabilitación edificatoria, dentro del Plan Regional de Vivienda 2017 y que pueden alcanzar los 15.000 euros.

El Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) ha publicado hoy las bases que regulan esta convocatoria de subvenciones, que se pondrán a disposición de los ciudadanos en las próximas semanas, y tienen como objetivo aumentar la confortabilidad de los inmuebles, finalizados antes de 1981, fomentar el ahorro energético y garantizar la plena accesibilidad.

Las actuaciones subvencionables para la rehabilitación de los edificios se dirigirán a mejorar tres aspectos esenciales de los inmuebles: su estado general de conservación, su eficiencia energética y su accesibilidad.

En el caso de la conservación, los trabajos deberán mejorar la cimentación, estructura e instalaciones del inmueble; cubiertas, azoteas, fachadas, medianeras y otros elementos, así como instalaciones comunes de electricidad, fontanería, gas, saneamiento, recogida y separación de residuos y telecomunicaciones.

Las personas que deseen mejorar la eficiencia energética de sus viviendas deberán al menos reducir un 30 por ciento su demanda energética y desarrollar actuaciones que permitan mejorar la envolvente térmica (aislamiento, carpinterías, acristalamientos, dispositivos bioclimáticos), instalar o sustituir los sistemas de calefacción, refrigeración, producción de agua caliente sanitaria y ventilación, o utilizar equipos de energía renovable.

Para hacer más accesibles las viviendas, subvencionarán obras que contribuyan adecuar los edificios y los accesos a las viviendas y locales. Por un lado, se fomentará la instalación y adaptación de ascensores, rampas, salvaescaleras y otros dispositivos para personas con discapacidad sensorial, y la dotación de productos de apoyo como grúas o artefactos que permitan el acceso y uso de personas con discapacidad a zonas comunes.

Igualmente, se promoverá la instalación de elementos de información o de aviso que contribuyan a facilitar la orientación en el uso de escaleras y ascensores, como señales luminosas o sonoras, y la implantación de dispositivos electrónicos de comunicación, como videoporteros.

Como novedad esta convocatoria ofrece la posibilidad de que los solicitantes puedan suscribir con las empresas contratos de aplazamiento de pago para la ejecución de las obras de accesibilidad, como la instalación de ascensores, con el fin de facilitar el desembolso por parte de los beneficiarios.

Ayudas

La cuantía máxima de las subvenciones a conceder es de 14.850 euros por cada vivienda y por cada 100 metros cuadrados de superficie útil de local comercial. De este modo, se calcula multiplicando por el número de viviendas y por cada 100 metros cuadrados de superficie útil de locales del edificio, que consten en la escritura de división horizontal o en el registro de la propiedad.

Para ser beneficiario de las ayudas se deberá de disponer del Informe de Evaluación de Edificios, el acuerdo de la comunidad de propietarios y el proyecto o memoria de las obras realizado por un técnico.

Las subvenciones se otorgarán mediante el procedimiento de concurrencia competitiva. Tendrán prioridad las actuaciones en las que al menos el 60 por ciento de los propietarios de viviendas del edificio estén integrados en unidades de convivencia cuyos ingresos no superen en 6,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que en 2017 está fijado en 532,51 euros al mes. Asimismo, se dará prioridad a las acciones por el orden de presentación.

El pago de las ayudas reconocidas se efectúa, para obras mayores, en dos desembolsos. Se llevará a cabo el pago adelantado de aproximadamente el 30 por ciento de la subvención con la concesión de la ayuda y el resto, una vez aportado por el beneficiario la documentación que justifique el gasto, la licencia municipal y los certificados de inicio y final de obra.

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