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La Audiencia confirma las penas para cinco asaltantes de joyerías y censura la actuación de fiscal

Murcia, 9 oct (EFE).- La Audiencia Provincial de Murcia, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, ha confirmado las condenas impuestas por Juzgado de lo Penal número 1 de Lorca a cinco rumanos por el asalto a dos joyerías y ha discrepado de la actuación del fiscal en la tramitación del recurso de apelación presentado por tres de ellos.

El Juzgado de lo Penal, en sentencia de 23 de abril de este año, condenó a penas que sumaban ocho años de prisión, por dos delitos de robo con violencia, a Adrián Pop y Sorin Radu Ciurdea, a los que, además, imponía dos multas de un mes a razón de dos euros diarios a cada uno de ellos por sendas faltas de lesiones.

El juez también condenó a Gabriela Cristina Pop, Emil Stoica y Ana Silvia Bulata, por un delito de robo con violencia, a penas de cárcel que sumaban siete años y medio, además de a una multa de un mes por una falta de lesiones.

Estos tres últimos recurrieron la sentencia del Juzgado en apelación por considerar que se había vulnerado la presunción de inocencia y que había existido una errónea apreciación de las pruebas aportadas al juicio.

La Audiencia ha desestimado estos recursos y ha confirmado la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal de Lorca, que declaró probados que los acusados participaron en los atracos a sendas joyerías ubicadas en Puerto Lumbreras y Lorca en diciembre de 2007 y enero de 2008, respectivamente.

En estos asaltos, en los que se apoderaron de joyas y dinero, resultaron heridas las personas que en esos momentos se encontraba en los establecimientos.

La sentencia de la Audiencia, de la que ha sido ponente el magistrado Juan del Olmo, discrepa de la actuación del fiscal al señalar que éste no recurrió la sentencia, sino que aprovechó el trámite de impugnación de los recursos presentados por las defensas de Gabriela Cristina y Ana Silvia para solicitar la condena de ambas.

La sala añade que "tal proceder debe ser rechazado, porque ello excluye la ocasión de las defensas de impugnar, a su vez, los recursos interpuestos por el Ministerio Fiscal, exigencia prevista en la ley que asegura un efectivo derecho de defensa y garantiza la tutela judicial efectiva".

La Audiencia concluye que el fiscal hizo una petición "injustificada" que "procede rechazar porque excede el marco legal". EFE

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