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La Audiencia rectifica el inventario de una herencia porque la cuenta bancaria era compartida

Murcia, 4 sep (EFE).- La Audiencia Provincial de Murcia, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, ha corregido otra dictada por un Juzgado de Primera Instancia de Totana porque en el inventario de una herencia se incluyó por el saldo total una cuenta bancaria que era compartida.

El tribunal estima así de forma parcial el recurso presentado por uno de los herederos de O.P. contra la sentencia dictada en julio de 2008 por el Juzgado de Totana.

El Juzgado aprobó el inventario de la herencia dejada por O.P. a su muerte, en el que figuraban bienes inmuebles y bienes muebles, entre estos últimos, 33.470 euros retirados por la demandada de la cuenta abierta en una caja de ahorros.

Uno de los herederos --la demandada y ahora apelante-- recurrió esta sentencia sólo en lo referido a la inclusión en el activo del inventario del saldo íntegro de la cuenta bancaria "por entender que, en su caso, habría de computarse por la mitad de dicha cuantía, dada su cotitularidad en la citada cuenta".

La Audiencia Provincial le ha dado la razón y ha sentenciado que la cantidad a incluir en el activo de la herencia ha de ser la mitad del saldo de la cuenta, es decir, 16.735 euros. EFE

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