Región

El fiscal recurre la absolución de Trinitario Casanova

Y dice que el juez no razonó con lógica

Murcia, 3 feb (EFE).- El fiscal del caso seguido contra el promotor inmobiliario Trinitario Casanova por dos delitos contra la Hacienda Pública ha recurrido la sentencia absolutoria del Juzgado de lo Penal número Cinco en un escrito al que ha tenido acceso EFE y en el que se afirma que la misma "se aparta abiertamente de las reglas de la lógica".

Para el representante del Ministerio Público, "la única conclusión razonable que puede extraerse" de este caso es que las obras de acondicionamiento del terreno en una urbanización ubicada en Altea (Alicante), promovidas por Casanova, no se realizaron.

Para llegar a esta conclusión, el fiscal señala, como uno de los datos "más reveladores" que el importe global de las facturas emitidas por las supuestas obras superaron los cuatro millones de euros, incluido IVA.

Otros datos que, en opinión de la acusación estatal, demuestran que los trabajos nunca se realizaron y que las facturas eran falsas, son que no se realizaron estudios, presupuestos ni proyectos de las obras que se iba a llevar a cabo, ni tampoco ningún estudio ni plan de seguridad.

Asimismo, el fiscal insiste en que el Grupo Inversor Hispania, del que era responsable Casanova, no solicitó ningún tipo de licencia de obra en el Ayuntamiento de Altea, sin que tampoco se hayan aportado a la causa "contrato alguno de ejecución de obras con las empresas contratadas".

Para el representante del Ministerio Público, "quiebra los más elementales criterios del razonamiento lógico que quien ha realizado obras por importe de más de cuatro millones de euros no disponga de otros medios para acreditar los trabajos que las facturas recibidas y un informe de un ingeniero técnico que aconseja la realización de trabajos de explanación".

Al responder al reproche que el juez le hizo por no haber llamado al juicio como testigos a los emisores de las facturas que considera falsas, el fiscal indica que aquél "olvida que en este procedimiento no se imputa delito alguno de falsedad, sino delito fiscal por haberse declarado unos gastos y un IVA soportado inexistentes".

Finalmente, el recurso de apelación solicita que la Audiencia Provincial de Murcia revoque la sentencia del Juzgado de lo Penal y condene a Casanova a dos penas de dos años y seis meses de prisión cada una por sendos delitos contra la Hacienda Pública, así como una multa de 3,6 millones de euros.

Asimismo pide a la Sala que condene a este promotor a indemnizar al erario público en la cantidad de 1,2 millones de euros indebidamente percibidos.

Por su parte, la Abogacía del Estado, que también interviene en esta causa y que solicitó en el juicio las mismas penas, ha recurrido igualmente la sentencia absolutoria. EFE

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