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Aprobado un nuevo decreto que permite calificar una vivienda libre como protegida

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su sesión de hoy, viernes 9 de mayo de 2008, un decreto que modifica el Decreto 141/2005 de 30 de diciembre por el que se regulan las actuaciones protegidas ...

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su sesión de hoy, viernes 9 de mayo de 2008, un decreto que modifica el Decreto 141/2005 de 30 de diciembre por el que se regulan las actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo en el ámbito de la Región de Murcia, y que incluye entre sus líneas básicas la calificación de vivienda libre como vivienda protegida.

La finalidad de las modificaciones contenidas en el nuevo decreto es incorporar la reforma realizada por el Gobierno central en materia de vivienda a la normativa de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. En él se establecen, igualmente, iniciativas y medidas encaminadas a estimular la construcción de vivienda protegida, con el fin de reactivar la demanda y facilitar el acceso a la vivienda.

De esta forma, las líneas básicas del nuevo texto se centran en la promoción de vivienda protegida, incluyendo la calificación como tal de vivienda libre; la adecuación de los precios máximos de venta y de renta de viviendas protegidas; y la modificación de las áreas geográficas en las que están encuadrados los municipios.

En cuanto a la primera línea básica, el decreto permite convertir una vivienda libre en protegida, para lo cual se establecen dos procedimientos: por un lado, calificar viviendas libres individuales cuya promoción esté iniciada con anterioridad a la entrada en vigor de este decreto, bien que estén en construcción, bien que lleven finalizadas un año; por otra parte, calificar promociones completas de viviendas que estén iniciadas como libres. Los requisitos para cumplimentar estas líneas de actuación los establece el Plan de Vivienda 2005-2008.

Esta medida de conversión de vivienda libre en protegida incrementará el número de viviendas protegidas puestas a disposición de los ciudadanos y permitirá atender la demanda de viviendas de la población que, por sus características, no puede acceder a otro tipo de vivienda.

La segunda línea básica del decreto está relacionada con la adecuación de los precios máximos de venta y de renta de viviendas protegidas, consecuencia de la actualización del precio básico nacional y para adaptarlo a las condiciones actuales del mercado inmobiliario.

El nuevo decreto fija los coeficientes multiplicativos aplicables para determinar las cuantías máximas de los precios en cada uno de los tipos de vivienda protegida en venta y alquiler; así como de las de protección oficial de régimen especial.

Modificación de las áreas geográficas

Otra línea básica del decreto es la modificación del encuadramiento de los municipios, pedanías y diputaciones en áreas geográficas establecidas en el Plan de Vivienda 2005-2008. De esta forma, los municipios de Murcia, Cartagena y Lorca se encuadran en el ámbito territorial de precio máximo superior Grupo B; Alcantarilla y Molina de Segura, en Grupo C; el resto de municipios se encuadran en la denominada área singular, que puede ser, a su vez, primera o segunda.

Se trata de incentivar al sector inmobiliario para que incremente su actividad en vivienda protegida con el objetivo final de conseguir una mayor oferta de este tipo de vivienda.

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