Murcia

El Ayuntamiento de Murcia destina 304.000 euros para incentivar la realización de contratos laborales indefinidos de personas desempleadas

La Junta de Gobierno ha aprobado la convocatoria pública para la concesión de estas ayudas para la creación y fomento del empleo y autoempleo

La Junta de Gobierno ha aprobado la convocatoria pública para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la creación y fomento del empleo y autoempleo en el municipio de Murcia con un gasto máximo de 304.000 euros.

El objetivo es incentivar la realización de contratos laborales indefinidos de personas desempleadas, y altas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Los destinatarios de las presentes subvenciones son los siguientes:

A) En la modalidad de empleo, las pymes y micropymes, que desarrollen su actividad en cualquiera de los siguientes tipos de empresas: persona física, comunidad de bienes, empresas de economía social (cooperativas, sociedades laborales), sociedades mercantiles, entidades sin ánimo de lucro y empresas de inserción, cuyo domicilio fiscal o centro de trabajo se encuentre en el municipio de Murcia.

En esta modalidad, serán subvencionables los contratos indefinidos que no pertenezcan a la modalidad de fijos-discontinuos, que se mantengan durante un periodo de 12 meses como mínimo. Los contratos podrán realizarse a jornada completa o parcial, siempre que ésta no sea inferior al cincuenta por ciento (50 %) de la jornada laboral a tiempo completo.

B) En la modalidad de autoempleo, podrán ser beneficiarios las personas físicas, miembros de comunidades de bienes o sociedades civiles, y socios que se incorporen a empresas de economía social, cuya incorporación requiera el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y cuyo domicilio fiscal o centro de trabajo se encuentren en el municipio de Murcia.

En esta modalidad, se subvencionarán las altas que se realicen en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) para la realización de una actividad económica o profesional por cuenta propia a jornada completa, siempre que se mantengan durante un periodo mínimo de 12 meses.

La formalización de los contratos y altas en RETA deberá de haber sido realizada en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2021 y el 31 de mayo de 2022.

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