Murcia

El Ayuntamiento de Murcia destina 80.000 euros para proyectos de ayuda humanitaria en países poco desarrollados

Debido al conflicto armado en Ucrania, se incluye a este país como posible receptor, al igual que a sus países fronterizos

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Murcia ha aprobado la convocatoria pública para la concesión de ayudas, por un importe total de 80.000 euros, con destino a la ejecución de proyectos de ayuda humanitaria en países menos desarrollados.

El objetivo es la concesión de subvenciones destinadas a acciones humanitarias, que se realizarán en países en desarrollo. Asimismo y debido al conflicto armado en Ucrania, se incluye como país receptor y los países fronterizos.

El procedimiento de concesión será en régimen de concurrencia competitiva dentro de los límites establecidos en el presupuesto municipal y sometido al sistema de valoración y criterios fijados en esta convocatoria.

La finalidad de dichas acciones humanitarias son las siguientes:

1. En el ámbito de la prevención: prever, anticipar, predecir y prepararse ante eventuales desastres, incrementar la capacidad de respuesta ante los mismos y evitar la emergencia o agravamiento de un conflicto y de sus consecuencias para la población civil en caso de que ya se haya manifestado.

2. En supuestos de emergencia: atender mediante acciones de asistencia y protección a las víctimas de los desastres, ya sean naturales o causados por el ser humano como los conflictos armados, y de sus consecuencias directas.

Dichas acciones irán orientadas a aliviar el sufrimiento, garantizar la subsistencia y proteger los derechos.

3. En casos de crisis crónica: Suministrar la asistencia y el socorro necesario a las poblaciones afectadas por emergencias complejas, crisis crónicas, sostenidas y recurrentes, especialmente cuando estas poblaciones no puedan ser socorridas por sus propias autoridades o en ausencia de cualquier autoridad.

4. La rehabilitación o recuperación temprana: atender la rehabilitación temprana de poblaciones en situaciones inmediatamente posteriores a desastres naturales o causados por el ser humano, como conflictos.

5. La protección de víctimas: apoyar las acciones de protección en favor de las víctimas de conflictos o situaciones excepcionales semejantes.

Podrán presentar solicitud de subvenciones para ejecutar proyectos de acción humanitaria las organizaciones, instituciones, fundaciones y asociaciones no gubernamentales para el desarrollo, sin ánimo de lucro, legalmente constituidas de forma individual o asociadas a organizaciones en países en desarrollo, con establecimiento local en el Municipio de Murcia.

Los proyectos habrán de ser cofinanciados con recursos propios y/o de otras organizaciones o instituciones. Las organizaciones que opten a estas subvenciones deberán garantizar previamente que disponen de la capacidad de financiar por cualquier medio, sean cofinanciados con recursos propios o de otras organizaciones o instituciones, la diferencia entre la subvención solicitada a este Ayuntamiento y la totalidad del proyecto que se ejecutará.

En cuanto al importe que se financiará este año será de 80.000 euros para los proyectos de Ayuda Humanitaria, establecidos en tres plazos con una consignación presupuestaria de 40.000, 20.000 y 20.000 euros respectivamente, que se destinarán exclusivamente a gasto corriente.

Los plazos para la presentación de proyectos, serán hasta el 15 de junio, 10 de septiembre y 15 de octubre, siempre a contar desde la publicación del anuncio de aprobación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

En cuanto a los requisitos, hay que indicar que las organizaciones e instituciones que deseen acogerse a esta convocatoria, deberán cumplir entre otros requisitos:

a) Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar y estar debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones, Fundaciones, o cualquier otro de carácter público, como mínimos dos años antes de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

b) Tener sede abierta en el municipio, y estar inscrita y actualizadas en el Registro Municipal de Asociaciones Ciudadanas del Ayuntamiento de Murcia antes de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

c) No perseguir fines de lucro ni depender económica o institucionalmente de entidades lucrativas o de Administraciones Públicas.

d) Disponer de estructura suficiente y de medios humanos y materiales para garantizar el cumplimiento de sus fines sociales y poder acreditar la experiencia y la capacidad operativa que resulten necesarias para el logro de los objetivos propuestos en el proyecto.

e) Tener como fines institucionales la realización de actividades de cooperación al desarrollo y fomento de solidaridad entre los pueblos o demostrar de modo fehaciente que la entidad actúa de forma continuada en dicho ámbito.

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