Murcia

El equipo de gobierno recuerda al PSOE que anular sanciones no es competencia del Pleno municipal

La protesta del grupo municipal socialista realizada hoy en referencia a la no admisión de una moción que han presentado al Pleno para que se anule un expediente sancionador carece de toda lógica y sólo obedece a un afán de manipular la realidad e intentar engañar a los ciudadanos.

El equipo de gobierno quiere aclarar que el Pleno municipal no puede archivar, como pretende el PSOE, un expediente sancionador por incumplimiento de una normativa municipal cuyo trámite de audiencia se encuentra abierto en estos momentos.

Al tratarse de un expediente administrativo por incumplimiento de la normativa municipal no puede someterse a una decisión política, por lo que no se puede debatir en Pleno.

En el caso de que se tratara, por ejemplo, de una sanción o expediente de tráfico, sucedería igual: los expedientes siguen su curso administrativo y no se abordan en los plenos municipales.

En esta ocasión se trata de un expediente incoado contra el presidente de la Junta Municipal de Javalí Viejo por exceso de ruido en una manifestación, vulnerando la Ordenanza municipal sobre protección del medio ambiente contra la emisión de ruidos y vibraciones que debe seguir su curso reglado.

El grupo municipal socialista ya fue informado ayer, a través de la secretaría general del Pleno, de que su moción para dejar sin efecto el expediente sancionador incoado al Presidente de la Junta Municipal de Javalí Viejo no ha sido incluida en la sesión ordinaria del pleno convocada para mañana porque "ni la incoación ni la resolución de este expediente son competencia del Pleno Municipal".

En este caso, se trata de la aplicación "de un procedimiento sancionador regulado en la ordenanza municipal sobre protección del medio ambiente contra la emisión de ruidos y vibraciones que se tramita de forma reglada, donde no cabe ninguna actuación que no esté prevista en este procedimiento".

Por tanto, cualquier decisión que pueda afectar al expediente sancionador debe sustanciarse dentro del procedimiento establecido.

 

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