Economía

ADICAE celebra la acogida por parte del Tribunal Supremo del fallo del TJUE sobre los gastos hipotecarios

ADICAE celebra la decisión del Tribunal Supremo(TS) de acogerse a la doctrina fijada por el TJUE el pasado 25 de abril, en lo referente a la no prescripción de la nulidad de las cláusulas de gastos hipotecarios.

La asociación de defensa de los consumidores y usuarios de bancos, cajas de ahorro y seguros, festeja la aplicación por parte del Tribunal Supremo de la doctrina sujeta a la sentencia pronunciada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea con relación a la no prescripción de la nulidad de la cláusula de gastos hipotecario.

Si bien por parte de la asociación se confiaba la asunción en cierta medida de la doctrina proclamada por el TJUE, se esperaba que esta se aplicara de forma parcial, con ciertas restricciones o reticencias por parte del TS. Por el contrario, se ha mostrado en pleno favor de esta doctrina, como sugieren sus últimas declaraciones, en las que indica, según sentencia lanzada contra el Banco Santander, que "el inicial del plazo de prescripción de la acción de restitución de gastos hipotecarios indebidamente pagados por un consumidor será el de la firmeza de la sentencia que declara la nulidad de la cláusula que obligaba a tales pagos".De esta forma, el Tribunal Supremo da un paso más en favor de los consumidores frente a la abusividad por parte de las entidades bancarias.

A esto debemos añadir, el favor del TS hacia los consumidores al trasladar que "no cabe presumir que el consumidor pueda razonablemente tener conocimiento de que una cláusula contenida en su contrato tiene un alcance equivalente al de una cláusula tipo que el Tribunal Supremo Nacional ha declarado abusiva". Acorde a esto, el Tribunal Supremo descarga de toda responsabilidad a los usuarios que no tienen por qué conocer el carácter abusivo de una clausula concerniente a su contrato.

Este hecho supone un hito en el ámbito jurisprudencial de la banca, sentando un precedente muy reclamado y defendido por ADICAE, siendo la primera entidad que declaró que la nulidad de las cláusulas de gastos hipotecarios no estaría sujeta a prescripción.

La asociación en defensa de los consumidores declara que continuará vigilando que se cumpla con la doctrina marcada por el TJUE en las sucesivas sentencias relativas a esta materia, en su lucha en la defensa de los derechos de los consumidores. 

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