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Los vehículos híbridos podrán beneficiarse de una bonificación del 60% en el impuesto de circulación el año de su matriculación y durante los tres siguientes

A partir del próximo año los vehículos de motorización híbrida (aquellos que combinan un motor de explosión con otro eléctrico para minimizar las emisiones contaminantes) serán beneficiarios de una bonificación del 60% de la cuota del impuesto en el año de su matriculación y de los tres años siguientes; una medida que era aprobada en el Pleno con los votos a favor de PSOE y PP y la abstención de VOX .

Para la aplicación de esta bonificación será requisito imprescindible la solicitud por parte del interesado. Se deberá aportar además la fotocopia del permiso de circulación; la copia de la tarjeta de la Inspección Técnica del Vehículo; la documentación acreditativa de que el motor del vehículo posee las características exigidas, salvo que figure en la tarjeta dela ITV; y la declaración jurada de encontrarse al corriente de pago de sus obligaciones tributarias.

El plazo para presentar la solicitud en el caso de vehículos de primera matriculación será durante todo el periodo impositivo y para vehículos ya matriculados será el primer trimestre de cada año.

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