El Supremo anula el Real Decreto que incluyó la desalinizadora de San Pedro del Pinatar

La segunda planta de la que consta la desalinizadora de San Pedro del Pinatar, incluida en este Real Decreto declarado nulo como obra de emergencias, fue inaugurada en mayo de 2005

Murcia, 19 feb (EFE).- El Tribunal Supremo (TS) ha declarado la nulidad del Real Decreto de octubre de 2005 por el que se adoptaron varias medidas para corregir los efectos de la sequía y que incluía, entre otras actuaciones declaradas de "emergencia", la planta desaladora del Nuevo Canal de Cartagena, en San Pedro del Pinatar.

La sala de lo Contencioso Administrativo del TS ha dictado esta sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, al estimar el recurso que presentó la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

La Junta alegó en su recurso como único motivo de impugnación que el Real Decreto fue aprobado por el Gobierno sin haber oído previamente a las juntas de gobierno de las confederaciones hidrográficas del Júcar, Segura y Tajo.

La sentencia del Alto Tribunal dictada a finales del pasado enero y conocida ahora, afirma que en la documentación aportada por el Gobierno "no hay prueba alguna de que la administración central diera formalmente a las respectivas confederaciones hidrográficas el trámite de audiencia, ni tampoco que esa audiencia se diera específicamente a las juntas de gobierno de las mismas".

El TS añade que en la documentación aportada por el Ejecutivo "existen oficios, afirmaciones, mensajes, comentarios de las confederaciones hidrográficas del Júcar y del Segura - por cierto, sin firma ni fecha alguna- correos electrónicos, sugerencias fechadas extrañamente en Zaragoza, -también sin firma-, observaciones, etc".

"Como podrá comprenderse -afirma la Sala-, nada de esto sirve para concluir que se ha dado formalmente audiencia a las juntas de gobiernos de las tres confederaciones, ni que el trámite se haya cumplido materialmente".

El Tribunal concluye su sentencia con la declaración de nulidad del Real Decreto, por considerarlo "disconforme a derecho", aunque no hace una condena en costas "al no existir temeridad o mala fe".

La segunda planta de la que consta la desalinizadora de San Pedro del Pinatar, incluida en este Real Decreto declarado nulo como obra de emergencias, fue inaugurada en mayo de 2005 por la entonces ministra de Medio Ambiente, Cristina Narbona. EFE

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