Región

Salud amplía 90 días la receta electrónica de tratamientos para evitar desplazamientos a los centros sanitarios durante el verano

Beneficiará a alrededor de 90.000 pacientes con 266.239 tratamientos que caducarían entre el 1 de julio y el 15 de septiembre

Con el fin de facilitar el acceso de los pacientes a sus medicamentos durante la época estival y evitar que se tengan que desplazar a los centros sanitarios para su renovación, el Servicio Murciano de Salud (SMS) amplía 90 días la duración de los tratamientos prescritos con receta electrónica cuya fecha prevista de caducidad se encuentre entre el 1 de julio y el 15 de septiembre de 2025.

Esta actuación, que se llevará a cabo de forma escalonada, beneficiará a alrededor de 90.000 pacientes con 266.239 tratamientos que caducarían en ese periodo y que ahora tendrán automáticamente ampliada la validez de sus recetas electrónicas 90 días. Con esta medida también se libera a los médicos de Atención de Primaria de la gestión administrativa que supone la renovación de las recetas de pacientes tanto con tratamientos crónicos como a demanda, incluidos visados.

Los tratamientos farmacológicos que requieran receta médica, incluidos los que carecen de financiación, deben prescribirse en el sistema de receta electrónica, salvo imposibilidad técnica, en cuyo caso podrán emitirse las prescripciones usando el formato de receta tradicional, como ocurre con las fórmulas magistrales o vacunas individualizadas. Igualmente, es esencial la revisión de los tratamientos crónicos de los pacientes para evitar inercias terapéuticas.

Como excepción, se excluyen de esta actuación los tratamientos con antipsicóticos depot o inyectables de administración directa, catalogados como 'Medicamentos de Alto Impacto' (MAI), que se administrarán a los pacientes desde los centros sanitarios.

La receta electrónica es un sistema informatizado que habilita la transmisión de la información de los tratamientos prescritos directamente a las oficinas de farmacia para su dispensación.

La retirada en la farmacia de los medicamentos para tratamientos agudos o la primera dispensación de tratamientos crónicos debe realizarse en un plazo de 10 días desde su prescripción. En el caso de los tratamientos crónicos, si hay una interrupción de las dispensaciones superior a 90 días, el tratamiento se bloquea y el paciente debe acudir a la consulta para que se le autorice nuevamente la dispensación.

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