Según la ley la ley 6/2019 de 4 de abril de Coordinación de Policías Locales de la Región de Murcia, dice en relación a su Artículo 4. Funciones en materia de coordinación.
"La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, dentro del respeto a la autonomía municipal reconocida por la Constitución y a las competencias estatales en materia de seguridad, coordinará la actuación de las policías locales mediante el ejercicio de las siguientes funciones:
d) Unificar los criterios de capacitación, selección, y promoción del personal funcionario integrante de los Cuerpos de Policía Local, incluyendo los niveles educativos exigibles para cada categoría profesional; y realizar, en su caso, las pruebas selectivas por encomienda de los Ayuntamientos."
Que venimos observando que cada Ayuntamiento de esta Región va aplicando la ley tal cual le interesa, así tras observar las recientes publicaciones de procesos selectivos de;
Una plaza de cabo de la policía local de Torre Pacheco BORM n °170 de 25 de julio de 2022.
Veinte plazas de subinspector (incluidas en el grupo C1) de la Policía Local de Murcia por promoción interna BORN n° 280 de 3 de diciembre de 2021.
Los nombramientos de agentes en prácticas de distintos municipios de la Región de Murcia sin haber iniciado el periodo de la academia de regional de Policía.
El cambio de bases y de pruebas selectivas en las 58 plazas de agente en curso en el Ayuntamiento de Murcia.
No parece muy razonable que a estas alturas y estando la ley de coordinación de Policías Locales de la CARM en vigor desde octubre de 2019, sigan saliendo plazas de cabo, una categoría inexistente en la nueva ley o plazas de subinspector dentro del grupo C1 puesto que la nueva ley los engloba en el grupo B o incluso que se nombren agentes en prácticas sin haber iniciado la fase de academia, realizando trabajos en la calle.
Desde CCOO y UGT pedimos que, tras varios años sin reunir a esta comisión de coordinación, que se convoque una reunión urgente de la Comisión de Coordinación de Policías Locales de la Región de Murcia con el fin de dar solución a estos problemas y que de una vez por todas se apueste por desarrollar la normativa de Policías Locales, puesto que la ley obliga a un desarrollo reglamentario que no se produce nunca en temas tan importantes como el registro de policías locales, las acreditaciones profesionales, el reglamento de normas marco, el reglamento de condecoraciones y distinciones, el reglamento del régimen disciplinario, el reglamento de segunda actividad….