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La Región solicita al Ministerio de Consumo modificar la normativa en defensa del consumidor al restar competencias a las comunidades

El Gobierno regional acuerda junto con 13 comunidades autónomas exigir al Gobierno de la Nación que elimine el artículo donde se atribuye al Estado competencias en el procedimiento sancionador

La Región de Murcia presidió hoy una reunión técnica de la Sección de Normativa del Ministerio de Consumo para solicitar la eliminación del artículo 52 bis.6 del Real Decreto Ley 24/2021, que otorga al Estado competencias sancionadoras que hasta ahora eran ejecutadas por las comunidades autónomas.

En dicha reunión, presidida por la directora general de Consumo de la Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía, Sonia Moreno, como presidenta de la Sección de Normativa, se acordó solicitar al Ministerio la eliminación de un punto de la normativa que "quita a las comunidades autónomas su competencia sancionadora y otorga al Estado la recaudación de las posibles sanciones", según explicó Moreno.

Junto a la Región de Murcia votaron a favor de dicha petición los técnicos de las comunidades de Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Madrid, País Vasco y La Rioja.

El motivo, tal y como se expuso en el transcurso de la reunión, es que el Real Decreto Ley 24/2021 de transposición de directivas de la Unión Europea que afectan a la normativa aplicable en defensa de los derechos e intereses económicos de las personas consumidoras, "ha previsto cambios que van a afectar de forma sustancial a la tramitación de los procedimientos sancionadores de las Administraciones de Consumo", según destacó Moreno.

La directora general de Consumo recordó que las comunidades autónomas tienen estas competencias asumidas en su normativa autonómica y que las están cumpliendo puntualmente, por lo que criticó que "con la reforma llevada a cabo por el Ministerio, sin recabar el consenso de las comunidades autónomas, se desapodera a las comunidades de su competencia sancionadora. Competencia que se atribuye el Estado cuando la infracción produzca lesiones o riesgos para los intereses de los consumidores de forma generalizada en el territorio de varias comunidades autónomas", añadió.

Según explicó Moreno, "esta excepción que permitirá al Estado recaudar el dinero resultante de las sanciones, es lo que va a ocurrir en innumerables ocasiones, si tenemos en cuenta la globalización del mercado y que gran parte de los operadores venden sus productos y comercializan sus servicios en varias comunidades autónomas, como es el caso de sectores como banca, telecomunicaciones, compañías aéreas, luz, gas, empresas que operan a través de Internet, seguros, etc.".

Además, la directora general expresó el malestar reinante ante la tramitación de un proyecto de ley en el Congreso "del que reiteradamente se ha solicitado información al Ministerio, sin que éste la facilite".

Respecto a la cuantía de las sanciones, se prevé para las graves un mínimo de 10.000 euros, frente a los 3.005 euros del actual art. 51 del RDL 1/2007. Se trata de sanciones "totalmente desproporcionadas y parecen pensadas, en todo caso, para cuando la competencia de sancionar correspondiese a la Administración General de Estado", aseguró la directora general de Consumo, destacando que, además, "las infracciones en materia de garantía y servicios de reparación pasan a ser graves, lo que significa que cualquier incumplimiento de su régimen se sancionaría con un mínimo de 10.000 euros".

Por todo ello, las comunidades autónomas acordaron hoy por mayoría en el seno de la Sección de Normativa solicitar al Ministerio la eliminación del artículo mencionado con anterioridad, "después de venir semanas manifestando la disconformidad con esta forma de proceder del Ministerio de Consumo", añadió Moreno.

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