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Salud actualiza las medidas de prevención y contención del Covid aplicables a las piscinas

Atañe a piscinas públicas de ocio, parques acuáticos o spas, hoteles, alojamientos turísticos, campings, terapéuticas, y a las privadas de comunidades de propietarios y casas rurales o similares

La Consejería de Salud ha actualizado las medidas de prevención y contención del Covid aplicables a piscinas de uso público y a determinadas de uso privado mientras dure la crisis sanitaria, sin perjuicio de su revisión en función de los criterios epidemiológicos y sanitarios.

En concreto, concierne a piscinas públicas de ocio, parques acuáticos o spas, piscinas de hoteles, alojamientos turísticos, camping o terapéuticas en centros sanitarios, entre otras. En cuanto a las de uso privado, estas medidas han de cumplirse en piscinas de comunidades de propietarios, casas rurales o de agroturismo, colegios mayores o similares.

Estas medidas incluyen el respeto de las normas de etiqueta respiratoria, así como una distancia de seguridad interpersonal de al menos 1,5 metros. Con respecto al uso de la mascarilla, se elimina la obligatoriedad en los espacios al aire libre, excepto cuando se produzcan aglomeraciones y no se pueda mantener la distancia mínima de seguridad de 1,5 metros, salvo convivientes, y es obligatoria en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público.

Las medidas generales incluyen ventilación, limpieza y desinfección de espacios y materiales. Como mínimo, todas las zonas de uso compartido se limpiarán y ventilarán dos veces al día. Se promoverá el lavado de manos, con agua y jabón y geles hidroalcóholicos, y se pondrá a disposición papeleras con pedal para desecho de pañuelos y materiales de protección y limpieza.

Se evitará el uso compartido de colchonetas, toallas, ropa y taquillas, entre otros, que se higienizarán tras cada uso. Se evitará el uso de fuentes de agua destinada al consumo humano. La ocupación máxima será de una persona para espacios de hasta cuatro metros cuadrados, como aseos, vestuarios, probadores, salas de lactancia o similares, salvo en caso de personas que puedan precisar asistencia, en cuyo caso se permitirá la utilización por su acompañante.

Se informará a través de cartelería, megafonía, señalización y marcado de distancias de seguridad en suelo o similares. Ante síntomas compatibles con el Covid-19, se instará a dicha persona a adoptar las medidas para evitar contagios, incluyendo el abandono de las instalaciones, y se le informará de su obligación de contactar con los servicios sanitarios.

Medidas específicas y de aforo

El aforo máximo permitido estará condicionado al cumplimiento de la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros, excepto personas con vínculo. Se evitarán aglomeraciones en entrada y salida, que deberán ser escalonadas y respetando la distancia interpersonal de seguridad.

Se recomienda a los titulares controlar la identificación de los asistentes. Se facilitará la agrupación de personas con vínculo, es decir, personas convivientes o que mantengan una relación personal preexistente, ya sea afectiva, profesional o social. Estos grupos deberán mantener en todo caso la debida distancia de seguridad con el resto de personas y grupos.

La ocupación máxima permitida será del 75 por ciento de su aforo habitual. El aforo del vaso de la piscina se establecerá en cada caso de forma que se respete la superficie de 2,25 metros cuadrados por persona. Los usuarios deberán ser informados mediante cartelería del número máximo de personas que pueden permanecer simultáneamente en cada vaso.

Se permitirá el uso de tumbonas, hamacas, sillas o toallas extendidas en el suelo, que, cuando pertenezcan al establecimiento, deberán ser desinfectadas antes de la utilización por cada usuario.

Las zonas de baño, andén, aseos, vestuarios, duchas y enfermería, entre otras, se desinfectarán como mínimo dos veces al día. Deberán ventilarse los espacios cerrados antes y al final del día. Si las duchas son colectivas, se dispondrá de una de cada dos duchas para asegurar que se respeta la distancia interpersonal. Salvo que sea posible su desinfección después de cada uso, las taquillas permanecerán inhabilitadas.

Si hay material recreativo o deportivo, como flotadores, tablas o similares, deberá realizarse una desinfección exhaustiva. Todos los objetos personales, como toallas, cremas o juguetes, permanecerán junto a su propietario, evitando el contacto con el resto de usuarios.

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