Región

CONSUMUR pide al Gobierno una bajada inmediata del IVA de la luz

La organización considera inadmisible la pasividad política ante una subida histórica de la energía en plena ola de frío

La Asociación de Consumidores y Usuarios en Red, CONSUMUR, tras la actual subida del precio de la electricidad, reclama, una vez más, al Gobierno, que se modifique la política energética, que deja claramente desprotegidos a los consumidores y usuarios.

Una de las actuaciones inmediatas que la organización considera que se ha de adoptar, al margen de la sustitución del sistema de fijación del precio de la energía, es la reducción del IVA aplicado, que se sitúa en el 21%, a pesar de que nos encontramos ante un servicio básico.

Ya en el 2017, el Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugán, hacía una recomendación al Ministerio de Hacienda para que bajara el impuesto aplicado. Concretamente, señalaba que "la electricidad es un suministro indispensable para una vida digna y condición necesaria para el ejercicio de derechos fundamentales, como el disfrute de la vivienda, la educación, la alimentación o la salud de las personas".

Para la organización, resulta incomprensible que este bien de primera necesidad no se beneficie de una IVA reducido, como sucede en otro tipo de productos y servicios básicos, como el agua.

Así mismo, hay que recordar que países vecinos tienen un IVA inferior, como es el caso de Francia, que tiene un 20%, aunque en la parte fija de la factura sólo un cinco y medio. Alemania aplica un IVA del 19%. Portugal aplica distintos tipos, desde el 23 al 6%, a diferentes conceptos de la factura, protegiendo especialmente a los pequeños consumidores. E Italia tiene un 10%.

¿Puede el Gobierno bajar el IVA de la electricidad?

Para poner en marcha una bajada del IVA es necesario comunicarlo a la Comisión Europea, que sólo puede oponerse en el plazo de tres meses si verifica que la medida implica riesgo de distorsión de la competencia.

En su artículo 102, la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, establece que "los Estados miembros podrán aplicar un tipo impositivo reducido al suministro de gas natural, de electricidad y de calefacción urbana, siempre que no exista riesgo alguno de distorsión de la competencia".

Si un Estado miembro pretende aplicar un tipo reducido de IVA, "lo pondrá previamente en conocimiento de la Comisión", según indica el citado artículo de la directiva. "La Comisión se pronunciará acerca de la existencia de riesgo de distorsión de la competencia. Si la Comisión no se pronuncia a los tres meses de la recepción de la información, se entenderá que no existe riesgo alguno". 

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