Región

Los centros tendrán autonomía para la finalización del curso escolar en FP

El Ministerio de Educación y Formación Profesional ha accedido a la petición de la Región de Murcia de publicar una norma específica para las enseñanzas de FP

La Consejería de Educación y Cultura, a través de la Dirección General de Evaluación Educativa y Formación Profesional, ha enviado esta mañana a los centros educativos de la Región de Murcia las instrucciones relativas a las medidas necesarias para el desarrollo de la actividad docente de la Formación Profesional durante el tercer trimestre del curso 2019-2020.

Dichas instrucciones están en consonancia con la orden publicada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional como norma específica para FP y Enseñanzas de Régimen Especial, tal y como fue pedido por la Región de Murcia en la reunión celebrada el pasado viernes en el seno de la Comisión de Formación Profesional de la Conferencia de Educación. Esta orden ministerial recoge el consenso de las comunidades autónomas en relación a la Formación Profesional.

El director general de la Dirección General de Evaluación Educativa y Formación Profesional, Sergio López, indicó que “estas instrucciones solo pretenden fijar un marco básico para el desarrollo de las enseñanzas de FP en este atípico tercer trimestre”. En este sentido, aseguró que “el profesorado está haciendo un trabajo excepcional y está demostrando su profesionalidad y su pasión por el trabajo que realizan”.

La Consejería dota a los centros de autonomía para la finalización del curso en FP y establece una serie de medidas para la flexibilización del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo (FCT) como, por ejemplo, la ampliación del periodo de realización de dicho módulo para contemplar días no lectivos y/o ampliar al máximo de horas diarias de estancia en la empresa, en la medida en que las características de cada sector productivo o de servicios lo permitan y siempre respetando lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores en caso de alumnado mayor de edad.

Asimismo, se establece que se unifique en un único módulo profesional los resultados de aprendizaje asignados al módulo de FCT y al módulo profesional de Proyecto Final, excepcionalmente para el curso 2019/2020 en los ciclos formativos de grado superior con una duración mínima de 245 horas.

En el caso de los ciclos formativos de Grado Medio y FP Básica, así como en los Programas Formativos Profesionales que no cuentan con un módulo profesional específico de Proyecto, se permite la sustitución de la estancia en empresa propia de la FCT por una propuesta trabajo o actividad asociada al entorno laboral. “No obstante, estas opciones se añaden a las que la Consejería de Educación y Cultura ya reguló en las resoluciones de 6 y 13 de marzo para que el profesorado tuviera indicaciones desde el inicio del estado de alarma", señaló López.

Llegado el momento de realizar la evaluación final del alumnado, será necesario haber desarrollado en el módulo profesional de FCT un mínimo de 220 horas para ciclos de Grado Medio y Grado Superior, un mínimo de 130 horas para ciclos de Formación Profesional Básica, y un mínimo de 65 horas para los Programas Formativos Profesionales y ciclos de FP Básica para mayores de 17 años, en la modalidad modular, cuando sean cursados en dos periodos.

Asimismo, la Consejería permite al alumnado de segundo curso de ciclos formativos a la renuncia del módulo de FCT, sin consumir convocatoria, para realizarla a lo largo del curso 2020/21, y así permitir el desarrollo de este módulo en una empresa de manera presencial. En el caso del alumnado con módulos profesionales pendientes de junio, también podrán renunciar a estos para no consumir convocatoria, matriculándose en el próximo curso y realizando las pruebas de recuperación en septiembre.

El alumnado de segundo curso de los ciclos de las familias profesionales relacionadas con el área sanitaria o sociocomunitaria que haya accedido a un contrato tendrá la exención total del módulo de FCT, pudiendo de esta manera obtener el Título Profesional correspondiente..

En cuanto a los criterios de promoción y titulación, Sergio López explicó que “en la orden del Ministerio no se hace referencia a ellos, por lo que en las instrucciones enviadas a los centros no se han modificado”. En este sentido, un alumno de enseñanzas de FP podrá obtener el título profesional correspondiente si ha superado todos los módulos profesionales”.

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