El Colegio de Abogados de Murcia, a través de su sección de Derecho Penal, ha acogido una jornada para repasar las novedades jurisprudenciales del Tribunal Supremo relativas a la prueba en el proceso penal. Para ello, contó con la presencia de Vicente Magro, magistrado de la Sala II del Tribual Supremo, que expuso algunas de las claves que se deben tener en cuenta sobre la presentación y validez de los diferentes medios probatorios que pueden emplearse como parte de un procedimiento de este tipo.
Entre los aspectos señalados, el magistrado resaltó que, al presentar pruebas documentales al inicio del juicio oral, estas deben ir acompañadas de una relación en la que se explique qué documentos se incluyen. De la misma manera, comentó que, si lo que se propone son testigos, debe explicarse la relación de cada uno de ellos con los hechos e incorporar un pliego de preguntas por si se deniega. Así mismo, señaló que este derecho de proponer pruebas en al inicio del juicio oral garantiza que estas no pueden desestimarse "denominándolas pruebas sorpresivas".
Durante se exposición, Vicente Magro señaló que la impugnación ante la denegación de prueba debe reflejar en la apelación o casación "la trascendencia de la inadmisión para el derecho de defensa", explicando la pertinencia y necesidad de lo que se quería proponer.
También hizo mención al artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, afirmando que determina que la víctima puede ampararse en el mismo si renuncia a la acusación particular. Indicó, además, que la prueba ilícita se resuelve por el órgano de enjuiciamiento y que la prueba de la defensa es autónoma, no pudiéndose amparar en la propuesta por el fiscal por referencia.
La jornada, inaugurada por Teresa García Calvo, miembro de la junta de Gobierno del Colegio de Abogados, contó con la asistencia de letrados, jueces, magistrados y representantes policiales.