La Asociación Murciana de Consumidores y Usuarios CONSUMUR ha llevado a cabo un análisis de varias ofertas de cruceros para constatar las irregularidades que se llevan a cabo en este sector.
En términos generales el mayor incumplimiento se observa en la publicidad, no incluyendo en esta el precio completo, como así establece la normativa, que ha de abonar el consumidor por el viaje contratado. Es frecuente anunciar el coste del crucero sin incluir los visados, determinadas tasas, servicios como bebidas o comidas, excursiones, u otro tipo de cargos por administración y servicio.
En este sentido, cabe recordar que la Ley 3/2014, de 27 de marzo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, en su artículo 60 bis, establece que "Antes de que el consumidor y usuario quede vinculado por cualquier contrato u oferta, el empresario deberá obtener su consentimiento expreso para todo pago adicional a la remuneración acordada para la obligación contractual principal del empresario. Estos suplementos opcionales se comunicarán de una manera clara y comprensible y su aceptación por el consumidor y usuario se realizará sobre una base de opción de inclusión. Si el empresario no ha obtenido el consentimiento expreso del consumidor y usuario, pero lo ha deducido utilizando opciones por defecto que éste debe rechazar para evitar el pago adicional, el consumidor y usuario tendrá derecho al reembolso de dicho pago"
El "cargo por servicio" es un concepto utilizado por las navieras para encubrir el término propina, que ha de ser opcional, y obligar así al consumidor a abonar las mismas, argumentando de que es una tasa más obligatoria en el momento de la contratación.
El precio suele oscilar entre los 9 y 13 euros por persona y noche y el pago normalmente se efectúa el último día del crucero. El argumento utilizado por las compañías es que estos cargos van destinados al personal que nos atenderá a bordo y ofrecerá una atención personalizada y continua.
CONSUMUR se muestra contraria a la imposición de este cargo, dado que a la hora de contratar un crucero ya se ha de incluir en su coste el servicio que se nos prestará y se ha de entender que ha de ser satisfactorio, independiente del pago de propinas. Así mismo, la organización denuncia una falta de información generalizada de este cargo, no incluido habitualmente en la oferta del precio a la hora de contratar. Tampoco se informa claramente del coste.
Otro servicio que no está incluido en el precio del crucero y del que tampoco se informa al consumidor con la claridad suficiente, teniendo en cuenta su importancia, es el médico a bordo.
Los cruceros cuentan con un médico cualificado a bordo, pero el coste de las consultas corre a cargo del pasajero, así como los medicamentos que fueran necesario adquirir. La tarifa de este servicio la fija el profesional sanitario, no informándose de las mismas, por lo que el consumidor no las conocerá hasta que haya embarcado.
En este sentido, la organización recomienda contratar un seguro de viaje para cruceros, así como preparar un botiquín básico cuyas medicinas podrán ser utilizadas a bordo sin necesidad de acudir al médico o a la farmacia del crucero.
CONSUMUR recuerda que es muy importante conservar los folletos o catálogos, dado que la publicidad tiene carácter vinculante, leer con detenimiento el contrato antes de fírmalo y conservar una copia del mismo.
La organización pone a disposición de los consumidores y usuarios que deseen recibir más información o consideren que sus derechos han sido vulnerados durante su viaje, su Teléfono de Atención al Consumidor y Usuario: 968 22 30 82. También pueden acudir a la sede de CONSUMUR ubicada en C/ Princesa, 2, 3° B, de Murcia, o a través de su página web www.consumur.org.