El Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) publica hoy la orden conjunta de las consejerías de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca y de Salud para el control y erradicación de la rabia en los animales y la prevención de riesgos para la salud pública, que establece la vacunación anual obligatoria de los animales domésticos.
De esta forma, se inicia la Campaña Oficial de Vacunación contra esta enfermedad infecciosa, que en la Región organiza y coordina el Colegio Oficial de Veterinarios de Murcia. Una campaña que se intensifica en verano y se prolonga a lo largo de todo el año.
La Orden establece la obligación de los propietarios o responsables de los animales de aplicar y llevar a cabo todas las medidas sanitarias impuestas por la normativa vigente, así como aquellas obligatorias para la prevención de enfermedades de los animales, además de poner los medios necesarios que sirvan de garantía de seguridad para animales y personas.
La vacunación contra la rabia es obligatoria en la población animal transmisora a partir de tres meses y medio de edad para perros y hurones y de cinco meses para gatos, en cuanto a la administración de la primera dosis. Además, deberá realizarse una revacunación anual a los animales adultos.
La vacunación la efectuarán exclusivamente veterinarios colegiados, y la podrán realizar en concentraciones, dispensarios municipales, consultorios, clínicas veterinarias, hospitales veterinarios u otras instalaciones apropiadas para tal fin.
Los propietarios, además, deben de cumplir con la obligación legal de dotarles del correspondiente chip identificativo, en el momento de la vacunación, de acuerdo con lo dispuesto en esta materia por las diferentes ordenanzas municipales.
Asimismo, la Orden regula la notificación y los datos que los facultativos veterinarios, en caso de sospecha, deben de comunicar a las autoridades competentes y los plazos de dicha comunicación