El documento de instrucciones previas recoge los deseos de las personas sobre donación de órganos, destino del cuerpo al fallecimiento y asistencia religiosa
La directora general de Planificación, Investigación, Farmacia y Atención al Ciudadano, María Teresa Martínez, subrayó la importancia de redactar un documento de instrucciones previas o testamento vital, regulado a nivel regional por el Decreto 80/2005, para que se cumplan los deseos del paciente en temas relativos a su salud.
Martínez hizo balance de la actividad realizada por el Registro de Instrucciones Previas desde que se creó en 2006 y hasta la actualidad, y precisó que "son 3.654 los documentos de instrucciones previas registrados, de los que 177 se han hecho a lo largo de este año".
El documento de instrucciones previas, señaló la directora general, "pretende fomentar la autonomía del paciente para que cualquier persona mayor de edad, capaz y libre, pueda manifestar de forma anticipada su voluntad sobre los cuidados que desea recibir cuando se produzcan unas circunstancias clínicas que le impidan comunicar personalmente su voluntad".
Así, recoge los deseos de las personas sobre la donación de órganos, destino del cuerpo al fallecimiento y asistencia religiosa. El documento lo puede realizar cualquier persona mayor de edad, en sus plenas capacidades, ante tres testigos, también mayores de edad, y el funcionario del Registro de Instrucciones Previas o ante notario.
El documento se puede descargar en el portal sanitario www.murciasalud.es, y debe ser rellenado y formalizado en el registro específico o en el centro de referencia sanitaria del ciudadano. Este es archivado en una base de datos telemática a disposición de los profesionales del SMS.
La directora explicó que "el documento posibilita nombrar a un representante que, en caso de no haber formalizado el documento, será el encargado de poner en conocimiento de los profesionales sanitarios la existencia de dicho documento". Al respecto, recomendó que "siempre es aconsejable comunicar y hacer partícipes de este tipo de decisiones tan delicadas a los familiares o seres más allegados".
De los 3.654 documentos registrados, 3.636 hacen referencia a cuidados y tratamientos, 1.355 al destino del cuerpo y 1.720 a la donación de órganos. En este sentido, Martínez reiteró que "para ser donante de órganos no es suficiente con tener el carnet de donante, es fundamental indicarlo en el documento de instrucciones previas".