El Juzgado de lo Social N.1 de Huelva emite una sentencia a favor a la denuncia interpuesta por UGT, concediendo el derecho al permiso de lactancia por parte de cualquiera de los progenitores incluso cuando uno de ellos no está trabajando, durante los primeros nueve meses del bebé.
La denuncia que hacía la UGT en este conflicto buscaba el reconocimiento del derecho de los trabajadores al permiso de lactancia sin que exista la limitación en caso de que uno de los progenitores no trabaje.
El art. 59. del convenio colectivo de Cepsa regula que los trabajadores, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo que podrán dividir en dos fracciones. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre, en caso de que ambos trabajen. Esta redacción fue introducida para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras así como una técnica indirecta para la consecución del principio de igualdad.
La sentencia emitida el pasado 27 de octubre reconoce que el permiso de lactancia es un derecho individual, por lo que en la práctica, tiene que ser indiferente que uno de los dos progenitores no trabaje, y no tendría sentido que el trabajador quedase privado de la posibilidad de disfrutar del derecho como consecuencia de que su pareja no desarrollase una actividad por cuenta ajena.
En definitiva, es indiferente que la madre o el padre no trabaje, ya que cualquiera de ellos puede disfrutarlo, sin que quede condicionado a la situación laboral de la pareja. El único límite, es que no lo pueden disfrutar los dos de forma duplicada, sino sólo uno de ellos.
De esta forma el permiso de lactancia podrá tener el efecto positivo para cualquier trabajador o trabajadora sin discriminación de sexos, ya que les permite dedicar tiempo a la crianza del hijo sin ver perjudicada su vida laboral, y que uno de los componentes de la pareja no esté trabajando no priva al otro de su derecho a disfrutar del permiso de lactancia.
FITAG UGT celebra el fallo, que atiende a la lucha de este sindicato por favorecer la igualdad entre trabajadores y trabajadoras, así como la conciliación de la vida familiar y laboral.