Región

El Tribunal Supremo dicta una segunda sentencia que reconoce el derecho del profesorado interino a cobrar el complemento de formación permanente (sexenios)

La Federación de Enseñanza de CCOO ha solicitado al consejero de Educación que dé instrucciones para incorporar a los interinos docentes de la Consejería de Educación al cobro de este complemento.

Dos terceras partes de los 2.500 profesores interinos que en estos momentos prestan servicio en los centros educativos de la región podrían acogerse a esta medida según cálculos de la Federación de Enseñanza de CCOO.

El sindicato también ha pedido al consejero, Sr. Sotoca, que convoque con carácter urgente la comisión de seguimiento del Acuerdo de Interinos (de la que forman parte las organizaciones sindicales y la Consejería de Educación) para consensuar el procedimiento que permita el cobro de este complemento por parte del profesorado interino murciano de la forma más ágil y eficaz

La sentencia de la sección séptima de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, que establece jurisprudencia, se basa en la aplicación de la directiva 199/70/CE y concretamente de uno de sus anexos que recoge el Acuerdo Marco de la Unión de Confederaciones de la Industria de la Unión Europea (UNICE), del Centro Europeo de la Empresa Pública (CEEP) y de la Confederación Europea de Sindicatos (CES) sobre trabajo de duración determinada.

El Tribunal de Luxemburgo estableció en sentencia que recoge e invoca el Tribunal Supremo y a propósito de la función pública que no podrá tratarse a los trabajadores con un contrato de duración determinada de manera menos favorable que a los fijos comparables por el mero hecho de esa diferente duración, y que esta clausula goza de la precisión suficiente para ser invocada por los funcionarios interinos de los Estados miembros ante sus tribunales nacionales en demanda de reconocimiento de complementos retributivos, como los trienios, correspondientes al periodo transcurrido para la transposición de la Directiva y la entrada en vigor de la norma interna que la efectúa.

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