El Consejo de Gobierno ha estudiado el Anteproyecto de Ley de Medidas Tributarias, Administrativas y de Ordenación del Sector Público de la Región de Murcia para el ejercicio 2013, también conocida como Ley de Acompañamiento, y ha acordado remitirlo al Consejo Económico y Social y al Consejo Jurídico de la Región para que emitan sus preceptivos dictámenes.
El texto incluye diversas modificaciones tributarias, para adaptarlas a la normativa estatal, se reordena el sector público regional mediante la creación y extinción de varios entes y se refuerza el control del sector público como garantía del equilibrio financiero de la Administración regional.
En materia tributaria, el documento incluye una serie de modificaciones, como el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el que se deroga el tramo autonómico de la deducción estatal por inversión en la compra de vivienda habitual, en consonancia con la medida anunciada por el Gobierno de la Nación de eliminación a partir del 1 de enero de 2013 de dicha deducción.
En el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones se elimina el requisito de que el donante tenga que estar ejerciendo funciones de dirección para poder aplicar la reducción autonómica en la base imponible por la adquisición inter vivos de empresa individual, negocio profesional o participaciones en entidades.
En cuanto a Tributos sobre el juego se modifican los tipos impositivos en las apuestas, la regulación del impuesto regional sobre los premios del bingo, para dotar de una mayor cantidad neta a los premios, y sobre la gestión administrativa del padrón de máquinas recreativas.
Igualmente, el texto incluye la actualización de tasas regionales, como en ejercicios anteriores, y se incorpora la de inscripción y realización de las pruebas de conjunto en las enseñanzas deportivas de régimen especial y por la apertura de expediente académico en las enseñanzas de Arte Dramático, Danza, Música, Deportivas y de Diseño.
Asimismo, recoge la regulación del sector público autonómico, dando cumplimiento a lo previsto en el Plan Económico-Financiero de Reequilibrio de la Comunidad, aprobado por el Consejo de Política Fiscal y Financiera el 17 de mayo de 2012.
La reordenación del sector público regional conlleva la creación y extinción de diversos entes públicos. Por una parte se crea la Agencia Tributaria de la Región de Murcia como organismo autónomo que permitirá racionalizar la actual estructura de la Administración tributaria autonómica y en la que se integrarán las funciones de la Dirección General de Tributos y de la Agencia Regional de Recaudación, con la consiguiente supresión de ambas.
Se crea el Ente Público Empresarial Instituto del Turismo de la Región de Murcia, en el que se unifican las funciones atribuidas a la Dirección General de Turismo y a la empresa pública Región de Murcia Turística, S.A., lo que supone la supresión de éstas y su integración en el nuevo organismo.
Asimismo, se crea el Ente Público Empresarial Instituto de las Industrias Culturales y las Artes la Región de Murcia, en la que se unifican las funciones atribuidas en la actualidad a la Dirección General de Industrias Culturales y de las Artes y a la empresa pública Murcia Cultural S.A., con la consiguiente eliminación e integración en el nuevo organismo.
Por otra parte, la Ley recoge la extinción de la figura del Defensor de Pueblo de la Región de Murcia y de la Entidad Pública del Transporte de la Región. Las competencias en materia de quejas a los ciudadanos serán ejercidas por la Comisión de Peticiones de los Ciudadanos de la Asamblea Regional, lo que garantiza la adecuada protección de los intereses de los ciudadanos ante el funcionamiento de las Administraciones públicas.
El régimen competencial de avales y garantías al sector privado se reordena, concentrándose todas las competencias dirigidas a la financiación de la economía productiva en el Instituto de Fomento. El Instituto de Crédito y Finanzas queda como órgano ejecutivo de la Administración regional y su sector público, para la gestión del endeudamiento público.
La Ley de Acompañamiento introduce un refuerzo del control del sector público regional, con el fin de regular las relaciones económicas y presupuestarias para garantizar el equilibrio financiero de la Administración regional. Se refuerzan así las competencias, en materia de Hacienda, para dictar instrucciones de obligado cumplimiento sobre presupuestos, control y optimización del gasto, contratos-programa, políticas de personal, contratación y control del gasto público.
Estas medidas afectan a los entes públicos, entes fundacionales y consorcios, y demás entidades vinculadas o dependientes del sector público regional, que deberán elaborar, aprobar y ejecutar sus presupuestos en términos de equilibrio financiero o superávit presupuestario, con la obligación de remitir periódicamente información sobre su evolución.
Asimismo, en estas medidas de control del sector público se recoge la regulación del régimen jurídico de los puestos directivos de máxima responsabilidad, para su homologación con la Administración General, prohibición de indemnizaciones, aplicación del régimen jurídico de incompatibilidades y principio de responsabilidad en su gestión.