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Deloitte y ENAE Business School analizan cómo afecta la reforma laboral a empresarios y trabajadores

Laura Martínez García, de Deloitte, ha asegurado que la nueva ley da mayor flexibilidad al empleador y apuesta por la contratación de los jóvenes

Debatir sobre los aspectos más relevantes introducidos por la reforma laboral, y analizar cómo afecta a todos ha sido el objetivo de la jornada organizada ENAE Business School en colaboración con Deloitte. Durante el desayuno de trabajo, Laura Martínez García, gerente Laboral del despacho de Abogados y Asesores Tributarios, ha asegurado que, por un lado, pretende apostar por la contratación de los jóvenes y dar más flexibilidad al empresario.

En relación a este último punto "el espíritu de este Real Decreto Ley pretende facilitar la contratación a las pequeñas empresas, que son la mayor parte del tejido productivo de este país, incluyendo un sistema de incentivos y bonificaciones a la contratación indefinida de la que serán beneficiarios", pretendiendo que estas bonificaciones sean lo suficientemente atractivas para llamar la atención y fomentar la contratación.

En cuanto a las principales novedades ha reseñado que son muchas y de gran calado, como son: el nuevo enfoque al despido colectivo, la eliminación de los salarios de tramitación en el despido improcedente (a no ser que se opte por la readmisión) y la desaparición del "despido exprés". Otro de los aspectos novedosos es que el cálculo de la indemnización por despido se calculará a razón de 33 días de salario por año de servicio, con un máximo de 24 mensualidades. En el caso de los trabajadores que tuvieran un contrato de trabajo suscrito antes del 12 de febrero de 2012 se les calculará la indemnización en dos tramos, un primer tramo a razón de 45 días de salario por año, hasta el 12 de febrero de 2012, y un segundo a partir de esta fecha, a razón de 33 días de salario por año trabajado. La Disposición Adicional Quinta prevé un sistema de cálculo específico para aquellos trabajadores que en su primer tramo superen las 24 mensualidades (720 días).

Además, se incluyen nuevas materias susceptibles de modificación sustancial de las condiciones de trabajo, de entre las que destaca la posibilidad de modificar la cuantía salarial si existen razones económicas, organizativas, productivas o técnicas, y la desaparición de la necesidad de obtener resolución favorable de la Autoridad Laboral en los ERTEs y en los EREs, se simplifica el procedimiento.

Otros cambios en la normativa guardan relación con el derecho de formación de los trabajadores para adaptarse a las modificaciones de su puesto de trabajo. Se introduce un permiso retribuido de 20 horas anuales para la formación de los trabajadores con al menos un año de antigüedad en la empresa, así como nuevas condiciones para el contrato para la formación y el aprendizaje.

Los convenios colectivos también han sufrido importantes cambios en su regulación ya que se amplían las materias por las cuales una empresa puede iniciar un "descuelgue" del convenio colectivo; se reduce el contenido mínimo de los mismos y se limita a dos años el periodo de tiempo en el que un convenio colectivo puede estar denunciado (ultra actividad).

Por último ha hablado de los modelos de contrato y ha especificado que no desaparece ninguno, si no que se introduce un nuevo modelo y se modifica el contrato para la formación y el aprendizaje.

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