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El BOE publica la Orden que define los criterios del seguro combinado y daños en viveros de viñedo

Madrid, 11 ene (EFE).- El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy la Orden por la que se definen los criterios del seguro combinado y de daños excepcionales en viveros de viñedo, comprendido en el Plan 2010 de Seguros Agrarios Combinados, cuyo periodo de suscripción se inicia el próximo 15 de enero.

Ha precisado que la Orden determina cuáles son las producciones y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los períodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios de dicho seguro.

La Orden establece que son asegurables, con cobertura de los riesgos de helada, pedrisco, inundación, lluvia torrencial y garantía de daños excepcionales, las distintas producciones de viveros de viñedo, susceptibles de recolección dentro del periodo de garantía, que estén ubicadas en el ámbito de aplicación y que cumplan los requisitos de control y certificación.

Indica que las producciones no asegurables serán las de parcelas destinadas a la experimentación, las de aquellas que se encuentran en estado de abandono y las destinadas a autoconsumo en huertos familiares.

Detalla que le seguro incluye dos clases de garantía, destinadas a producción y la plantación, que el periodo de suscripción comienza el próximo 15 de enero y finalizará el 25 de marzo, y que la Orden entrará en vigor mañana, 12 de enero.

Respecto a los precios unitarios, la Orden precisa que serán elegidos libremente por el agricultor entre los límites que establece en su anexo II y que precisa un precio máximo de 120 euros por cien unidades para la plan-injerto certificada y un precio mínimo de 2 euros por cien unidades para yemas de plantas madre de injertos (certificadas). EFE

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