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Condenan a Defensa a que un cabo siga hasta su jubilación por no contestar a un recurso

Murcia, 29 oct (EFE).- Un cabo primero, militar profesional de Tropa y Marinería, tiene derecho a permanecer en el Ejército hasta la edad de retiro porque no se contestó a tiempo el recurso de alzada que el militar presentó contra la denegación por silencio administrativo de su solicitud de continuidad.

La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), a la que ha tenido acceso Efe, señala que el cabo primero A.J.D., que fue defendido por el letrado Andrés Silvente González, presentó en agosto de 2004 un escrito dirigido al teniente general jefe del Mando de Personal "solicitando que se le concediera el derecho a permanecer en el Ejército con un compromiso único hasta la edad de retiro".

En noviembre de ese mismo año, añade la resolución, "interpuso un recurso de alzada frente a la desestimación por silencio de su solicitud, y el 15 de febrero de 2005 presentó un escrito pidiendo que se ejecutara el acto administrativo producido por silencio positivo".

Afirma el TSJ que el 28 de febrero de 2005 se dictó una resolución por la que se inadmitía el recurso de alzada, decisión contra la que recurrió el letrado Silvente González.

Afirma la sentencia que "la regulació específica del recurso de alzada pone de manifiesto que el transcurso de tres meses sin que se notifique la resolució del recurso interpuesto contra la desestimación por silencio determina automáticamente que tal recurso se entienda estimado".

La Sala de lo Contencioso, al estimar el recurso presentado en nombre del militar, declara su derecho a obtener el reconocimiento de un compromiso único en las Fuerzas Armadas hasta la edad de retiro, "debiendo reconocer la Admninistración los efectos positivos del silencio administrativo derivados de la estimación presunta del recurso de alzada." EFE

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