Región

El TSJ confirma el despido de un obrero que estaba de baja y trabajaba en la empresa de su mujer

Murcia, 28 oct (EFE).- La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ) ha confirmado el despido de un obrero que fue sorprendido por una detective privado cuando trabajaba en una empresa de su mujer pese a estar de baja en otra por incapacidad temporal y a la que le hacía la competencia.

La Sala confirma así la sentencia dictada en abril de este año por el Juzgado número Tres de Murcia, que consideró que el despido era procedente porque el trabajador había "transgredido la buena fe" y había incurrido en una falta muy grave.

Afirma la sentencia del TSJ que el despedido trabajaba para una empresa de artes gráficas desde septiembre de 1997, con contrato indefinido, y que el 15 de octubre de 2008 comenzó una baja por incapacidad temporal.

La empresa encargó un seguimiento del trabajador a una empresa de detectives privados, quienes comprobaron que prestaba sus servicios en la empresa de su mujer, que se dedica también a actividades relacionadas con las artes gráficas.

El tribunal recoge que fue el propio trabajador el que atendió en esta empresa familiar, y en varias ocasiones, a la detective privado que lo investigaba y que le hizo unos encargos sin descubrir su condición.

El seguimiento al que fue sometido permitió comprobar que este hombre, pese a habérsele prescrito que debía guardar reposo, "atendía personalmente a los clientes de la empresa de su mujer y se le vio cargar con paquetes de gran volumen, sin ningún amago de dolor o molestia".

Debido a la situación que padecía y por la que pasó a la situación de incapacidad temporal, "debía evitar todo tipo de esfuerzo físico con el brazo derecho, afectado de tendinosis, tales como coger pesos, y movimientos repetitivos, o realizar ejercicio alguno que pudiese perjudicar su recuperación".

La sentencia añade que "si podía realizar ese tipo de actividad física, como es la carga y descarga de cajas de gran tamaño, aunque no fuesen pesadas, ello implica que podía efectuar su trabajo habitual, lo que por sí solo ya supone la existencia de transgresión de la buena fe contractual entre trabajador y empresario, lo que justifica el despido".

La Sala de lo Social ha confirmado la sentencia del Juzgado al desestimar el recurso presentado por este obrero y ratifica el despido como procedente. EFE

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