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La Audiencia condena a una asesoría fiscal por los errores que perjudicaron a un cliente

Murcia, 26 oct (EFE).- La Audiencia Provincial de Murcia, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, ha condenado a una asesoría fiscal a indemnizar a un cliente con la cantidad de 3.793 euros por los perjuicios que le ocasionó al cometer unos errores en la declaración del Impuesto de Sociedades.

La sentencia, no obstante, reduce a esta cifra la indemnización fijada con anterioridad por un Juzgado de Primera Instancia de Murcia, que condenó a la empresa demandada, "G.A." a pagar al cliente 10.747 euros.

Afirma la sala que la empresa "B.G.V." demandó a su asesoría fiscal "en reclamación de los perjuicios derivados de la sanción impuesta por la Agencia Tributaria por la incorrecta declaración fiscal realizada por la asesoría correspondiente al Impuesto de Sociedades del año 1999".

La asesoría recurrió la sentencia al alegar que nada había tenido que ver con la sanción, "ya que se limitó a reflejar ante Hacienda las cuentas aprobadas en Junta de uno de marzo de 2000, no habiendo prestado sus servicios en el año anterior al que se refería la declaración del Impuesto".

Al estimar parcialmente el recurso, la Audiencia Provincial indica que coincide con el Juzgado en que la empresa demandada debió excluir en la declaración los gastos que no podían ser deducibles de la base del impuesto, como son los recargos y las multas.

Para el tribunal, "la asesoría pudo fácilmente constatar que estos gastos no tenían la consideración de deducibles y debió excluirlos, con independencia de que utilizara las cuentas aprobadas por la misma sociedad".

En lo que discrepa la Audiencia respecto del Juzgado es en que la asesoría sea responsable de la sanción impuesta por la inclusión como deducción de 15.453 euros por gastos contabilizados carentes de justificación, por lo que reduce la cantidad a abonar a la empresa demandante a 3.793 euros. EFE

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