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Una aseguradora deberá pagar a un cliente alcohólico que dijo que gozaba de buena salud

Murcia, 25 jul (EFE).- Una compañía aseguradora deberá abonar más de 12.000 euros a un cliente que fue declarado en situación de invalidez después de contratar una póliza en la que se hacía constar que gozaba de buena salud y en la que se omitió señalar que tenía problemas con el alcohol, según la sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia a la que ha tenido acceso EFE.

El tribunal desestima así el recurso de apelación que la compañía "Seguros Bilbao" presentó contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número Tres de Lorca en abril de 2008, que la condenó al pago de 12.020 euros a D.C.

Señala la Audiencia Provincial de Murcia que "si bien es cierto que en el cuestionario de la póliza se hace constar que el asegurado goza de buena salud, no es menos cierto que el mismo no se encuentra íntegramente rellenado y, en concreto, en el apartado donde se le pregunta por la ingesta de bebidas alcohólicas no aparece cruz alguna en la casilla correspondiente".

"Con lo cual, añade la Sala, no cabe hablar de ocultación sobre ese concreto extremo, además de que a la aseguradora le era exigible un mínimo deber de diligencia, pues cuando recibe el cuestionario pudo y debió darse cuenta de que el mismo tan sólo había sido rellenado parcialmente, dejando sin contestar varias de sus preguntas".

"Todo ello, añade, debió llamar la atención de la compañía y exigir, con carácter previo a emitir la póliza, que el mismo se completara, pues, al omitir el asegurado una pregunta tan íntimamente relacionada con la causa de la invalidez que con posterioridad se le declaró, no cabe afirmar que exista discordancia entre lo manifestado por él y la realidad de ese padecimiento por la sencilla razón de que nada declaró sobre el mismo".

La sentencia recoge igualmente que "ha quedado acreditado que el asegurado ya padecía problemas con el alcohol con anterioridad a la firma de la póliza, puesto que había estado sometido a tratamiento en el Centro de Salud de Lorca desde 1990".

La Audiencia concluye, al confirmar la sentencia del Juzgado de esta ciudad, que "la aseguradora, en este caso, a través del agente, no cumplió con los mínimos deberes de diligencia", y le impone el pago de las costas generadas por este recurso que se ve desestimado. EFE

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