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El TSJ rectifica por segunda vez la sentencia contra el juez Ferrín Calamita

Murcia, 21 ene (EFE).- La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha rectificado por segunda vez la sentencia que el pasado mes de diciembre condenó a la pena de dos años, tres meses y un día de inhabilitación al juez Fernando Ferrín Calamita por el retardo malicioso en la adopción de una menor por una mujer lesbiana.

En este segundo Auto, al que ha tenido acceso EFE, se "rectifica", a petición de la defensa de Ferrín, dos de los apartados de la sentencia, de la que fue ponente el presidente del tribunal, Julián Pérez-Templado.

En una de estas rectificaciones se indica que la querella que dio origen a esta causa fue presentada por Vanesa de las H., y no por ésta y su compañera sentimental, como se decía en la sentencia.

Por la otra rectificación se modifica un artículo del Código Penal que aparecía incorrectamente recogido en la sentencia.

La misma Sala, de oficio, hizo público a finales de diciembre un primer Auto "para aclarar algún concepto y suplir ciertas omisiones" advertidas en la sentencia.

Por aquel acuerdo se añadió un párrafo en los hechos probados para recoger que la adopción de la menor fue finalmente acordada por el juez que sustituyó a Ferrín.

Igualmente, en uno de los fundamentos jurídicos, se agregó un párrafo que, según la defensa, contradecía el contenido del párrafo anterior.

Así, el Auto indicaba que debía añadirse en el texto que "la adoptante, más que a que se le conceda la adopción, lo que tiene es un derecho a una respuesta positiva o negativa, y fundada en el ordenamiento jurídico, que es la esencia de la tutela judicial efectiva que se le ha denegado injustamente en este caso".

Sin embargo, el párrafo que precede a este añadido, y que se mantiene, indica que la finalidad perseguida por el juez en su actuación "también es ilegítima por cuanto priva a la madre adoptante (de) un derecho reconocido por la Ley".

La sentencia dictada contra el magistrado ha sido recurrida por el fiscal, la acusación particular y la defensa ante el Tribunal Supremo. EFE

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