Opinión

El Tribunal Constitucional como legislador negativo

El sentido de mis letras...

Con la sentencia del Caso Rumasa, el Tribunal Constitucional perdió todo su prestigio jurídico, que ya nunca ha recuperado...

El voto de calidad de García Pelayo permitió al Gobierno socialista (siempre son los socialistas) de Felipe González apropiarse de más de setecientas empresas, con una nómina superior a los cien mil trabajadores, y a cambio de cero pesetas.

¡Otro “éxito” del PSOE! Luego García Pelayo se autoexilió en Venezuela, donde murió, pero eso sí, con el grado de Coronel del Ejército comunista bolivariano, y el cobro de los “atrasos” desde la Guerra civil, que supongo que fue una millonada. Y es que “aunque Roma no paga a traidores”, el PSOE sí.

Supongo que Conde-Pumpido estará buscando también su hueso, en forma de una plaza de consejero permanente del Consejo de Estado (de la ex España) para morir allí en acto de servicio al PSOE y a la masonería, ya que nada se hace gratis.

Los componentes del Tribunal Constitucional “han llegado a la meta de lo ruin o canalla”, pues son leguleyos y esbirros jurídicos que argumentan su sumisión al “régimen comunista sanchista” con una motivación propia de un estudiante no muy inteligente de primero de Derecho, y que al final se han convertido en auténticos mafiosos.

Los grandes estudiosos de los Tribunales Constitucionales siempre han coincidido en que el Tribunal Constitucional es un “legislador negativo”, y que esa es su grandeza, su miseria y su limitación.

Y me explico : el TC no puede modificar el texto constitucional, ni hacer decir al texto legal lo que no dice, pero sus miembros actuales sí que lo han hecho, y por esa razón se han convertido en miserables. Si el artículo 62 de la Constitución prohíbe los indultos generales...

¿Cómo se puede permitir la amnistía? ¿Desde cuándo el TC puede retorcer la Constitución, haciéndole decir lo que no dice? ¿Acaso esos leguleyos creen ser el poder legislativo, que radica en el Congreso y en el Senado, y quieren hacer una “tabla rasa” del sistema de reforma constitucional regulado por el Título X de la Constitución en sus artículos del 166 a 169? Pongamos un hipotético ejemplo de estos tergiversadores miembros del Tribunal Constitucional : si aceptamos la argumentación de los miembros del TC respecto a dar luz verde a la Ley de Amnistía, y puesto que la Constitución no habla de la esclavitud...

¿Sería constitucional una ley que la permitiera? Según ellos, sí. Yo pediría a los miembros de este ruin Tribunal Constitucional que tenemos que delincan más despacio, ya que no da tiempo a contar todas sus “hazañas”.

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Moisés S. Palmero Aranda